04 octubre 2022

No a la congelación salarial


De todos es sabido que la Dirección tiene la potestad de subir el sueldo a dedo a las personas que considere oportuno. 

Sin embargo, mantener únicamente este sistema, junto con la cláusula de compensación y absorción que deja sin efecto los trienios, está condenando a una parte importante de los empleados a la eterna congelación salarial

Es decir, que cada año sufrimos una rebaja salarial de facto, por efecto de la inflación que nos va restando poder adquisitivo. 

Esto deviene en la desmotivación en el trabajo, en la desafección con la empresa y, en último término, en el abandono de la misma en busca de otra en la que sí se pueda sentir que su trabajo es reconocido. 

29 septiembre 2022

Sólo quieren un convenio de transición

 Os adjuntamos el comunicado que nos ha hecho llegar la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Consultoría tras la primera reunión celebrada después del parón vacacional.

Ocupa dos páginas. A continuación tenéis la segunda:

09 septiembre 2022

Movimientos de plantilla 2021


Llamamos movimientos de plantilla a las incorporaciones y abandonos de trabajadores que experimenta la empresa en un periodo concreto. 

Antes de la fusión publicábamos periódicamente un extracto de la evolución de la plantilla en periodos trimestrales. Pero la fusión, con el incremento de trabajo que ha supuesto para el personal de estructura debido a las múltiples reorganizaciones, ha causado la paralización en la información que la empresa proporcionaba a los representantes de los trabajadores. 

Un año y medio después se ha comenzado a recuperar la normalidad en este aspecto y, por fin, estamos en disposición de contaros el flujo de entrada y salida de personas que hay en la nueva INETUM.

26 agosto 2022

¿Coinciden el Convenio de la empresa y el mío?


Seguramente muchos os habéis dado cuenta de que en el Informe de la Vida Laboral que os proporciona la Seguridad Social teníais asociado un Convenio Colectivo que no se corresponde con el real. 

Esto es debido a que, tras la fusión, la subrogación fue inversa y se realizó antes de que Iecisa cambiase en la Seguridad Social el Convenio de aplicación. Antes era el de Grandes Almacenes y, tras la compra, pasó a ser el de Consultoría. 

Al ejecutar la subrogación se asigna a todos los empleados subrogados el Convenio Colectivo que tenga asociado la empresa que los acoge. Eso hizo que a los empleados de GFI se les adscribiera al Convenio de Grandes Almacenes y que a los de Iecisa se les mantuviese en el mismo. 

¿Y esto tiene alguna consecuencia práctica? 

03 agosto 2022

F.A.Q. Acuerdo de Teletrabajo

(Última actualización: 18/05/2023)

Por fin la empresa ha puesto en marcha el proceso de firma de los acuerdos individuales de teletrabajo. Hasta ahora hemos estado trabajando desde casa de manera desregulada debido a la excepcionalidad de la pandemia. A partir de este momento el trabajo a distancia deberá regularse según la normativa laboral vigente.  

Para ello en la MERL se negoció un acuerdo marco entre la empresa y los representantes de los trabajadores que establecía las condiciones generales del teletrabajo. Ahora es cuando ese marco se pone en marcha con la firma de los acuerdos individuales. 

Intentamos aquí dar respuesta a los interrogantes que, seguro, os surgirán. Si tenéis alguna duda que no está resuelta aquí, hacédnosla llegar y la añadiremos a la lista.

 

¿Dónde puedo consultar el acuerdo marco de trabajo a distancia? 

En el portal Nosotros (RRHH - Laboral - Procedimientos y Políticas de Empresa - Teletrabajo).

¿Cuándo entra en vigor?  

Está en vigor desde mayo pero no entra en funcionamiento hasta agosto de 2022, momento en que se pone en marcha el proceso de formalización de los acuerdos individuales. 

¿Qué vigencia tiene?  

4 años, hasta el 31 de diciembre de 2026. 

¿Quién se puede acoger a él?  

En principio cualquier empleado cuyo puesto de trabajo permita algunos momentos de trabajo a distancia.  Quedarían excluidos, por ejemplo, los puestos de atención presencial, los trabajos de gestión de documentos físicos o aquellos que precisen el uso de infraestructuras no disponibles en remoto.

¿Puedo exigir que me permitan teletrabajar? 

12 julio 2022

La paga extra de verano

Como ya os informamos en diciembre la paga extraordinaria de Navidad se ingresó de forma independiente a la ordinaria del mes (una a mediados de diciembre y la otra a finales). 

Lo que se mantuvo de forma unificada fue el recibo de nómina. En vez de tener un recibo para la extra y otro para la ordinaria nos dieron uno único que incluía la paga extraordinaria como un concepto más.

Esto no tuvo ningún efecto sobre la retención del IRPF ni sobre la cotización a la Seguridad Social, por lo que el neto a percibir fue el mismo que teniendo recibos de nómina independientes.  

De todas formas, esto supone una incomodidad para los trabajadores que la propia empresa reconoció que no tiene sentido mantener. 

En aquel momento la empresa accedió a nuestra petición de separar los dos recibos de nómina, pero no le dio tiempo a hacerlo antes de acabar el año, por lo que, finalmente, se emitió un recibo único. 

01 julio 2022

Publicación interna de vacantes


Hay que felicitar a la empresa por la puesta en marcha de la aplicación de vacantes que permite a todos los empleados consultar los puestos de trabajo pendientes de cubrir y postularse a aquellos que les interese.

Ésta es una reivindicación que llevamos pidiendo desde hace años porque es fundamental para facilitar la movilidad interna y la promoción profesional.

Hasta ahora, si queríamos conocer las vacantes, no nos quedaba más remedio que buscar en las webs de empleo (infojobs, linkedin...) las ofertas publicadas por Inetum. Si encontrábamos una oferta que nos convenía, teníamos que escribir a selección enviándole la referencia y, a partir de ahí, esperar a ver si nuestro currículum de EVA cuadraba y si entrábamos en el proceso de selección.

El cambio que se ha producido ahora es que para conocer las vacantes sólo hay que consultarlas en el portal Nosotros y para presentarnos como candidatos lo haremos a través de la nueva aplicación en lugar de enviar un email. Todo lo demás continúa igual.

Es un avance esta novedad y así lo tenemos que reconocer, aunque sin olvidar que aún queda mucho por hacer hasta que se llegue a cumplir lo que especifica el Convenio Colectivo de Consultoría en su artículo 12: