12 julio 2022

La paga extra de verano

Como ya os informamos en diciembre la paga extraordinaria de Navidad se ingresó de forma independiente a la ordinaria del mes (una a mediados de diciembre y la otra a finales). 

Lo que se mantuvo de forma unificada fue el recibo de nómina. En vez de tener un recibo para la extra y otro para la ordinaria nos dieron uno único que incluía la paga extraordinaria como un concepto más.

Esto no tuvo ningún efecto sobre la retención del IRPF ni sobre la cotización a la Seguridad Social, por lo que el neto a percibir fue el mismo que teniendo recibos de nómina independientes.  

De todas formas, esto supone una incomodidad para los trabajadores que la propia empresa reconoció que no tiene sentido mantener. 

En aquel momento la empresa accedió a nuestra petición de separar los dos recibos de nómina, pero no le dio tiempo a hacerlo antes de acabar el año, por lo que, finalmente, se emitió un recibo único. 

Ahora nos aproximamos al momento de cobrar la paga extraordinaria de verano y la cobraremos, como no puede ser de otra forma, de manera separada a la del mes (una a mediados de julio y la otra a finales). 

Pero, a pesar del tiempo transcurrido, la empresa no ha podido desarrollar el cambio en la aplicación de nóminas que permita separar ambos recibos. 

Por lo tanto, una vez más, en julio tendremos un único recibo de nómina que incluirá todos los conceptos propios del mes y un concepto específico para la paga extraordinaria de verano. 

Insistimos a la empresa en que haga el esfuerzo para que en las próximas Navidades sí sea posible tener recibos independientes.

18 comentarios:

  1. Vaya lío... así no hay quien entienda la nómina

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  2. Ojala lo solucionen lo antes posible.

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  3. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  4. En 6 meses no hay profesionales en Inetum que cambien la aplicación ???? de verdad que es inexplicable

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  5. Los jefes incompetentes siempre intenta controlar los flujos de información, intentan que no salga nada sin que pase por él. De esa forma pueden proyectar una imagen positiva de si mismos, llevarse solo ellos los méritos y tapar la mierda.

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  6. La ostia!!! no han tenia tiempo de hacerlo bien? joder que de ocupados están contratando gente...

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    1. Esa gente de RRHH ni trabaja, todo el día haciendo la siesta, les escribes por un problema y te responde 1 mes después...

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  7. Pues la verdad a mí no me importa en absoluto, mientras cobre el neto íntegro y no me afecte en nada, al revés, prefiero cobrar por adelantado la extra y no a final de mes. Además, estamos hablando de únicamente una suma de 2 cifras para poder cotejarla con la nómina de ambos factores, yo pago ese "precio" para cobrar 15 días antes desde luego...

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    1. Pero es que ya se cobraba a mitad de mes la Extra, eso no iba a cambiar de ninguna de las maneras. Lo único que es más fácil de ver y calcular tus retenciones con nóminas separadas.

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    2. Pero también es más fácil que haya "equivocaciones" en la nómina.

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    3. No sabes por dónde te da el aire

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  8. ¿Cuál es la desventaja de que aparezcan los dos conceptos en un único recibo?

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  9. Son 15 días mas que la empresa tiene el dinero para ganar algo mas de dinero con la remuneración. Menuda cagada la verdad, espero que lo separen pronto en dos recibos y poder recibir el de verano y el de navidad el correspondiente día 15 de cada mes

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  10. Lo que están diciendo es que la paga extra llegará el 15; sin embargo, se verá reflejado en un mismo recibo a final del mes con la paga de julio. No entiendo cuál es la cagada ahí, si no nos afecta tener todo registrado en un mismo recibo con un concepto específico que indica la paga del mes.

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  11. Cuanto hater, pero Ineptum se lo ha ganado a pulso. Los ingresos sigue lo establecido, paga extra 15-21 de Julio y nómina a final de mes, pero viene el detalle en un único papel. No es tan complicado. Aún y asi comparto la Ineptitum de ciertas personas de RRHH.

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  12. El convenio de las consultoras dice que se ha de pagar del 15 al 20 de julio. Sino pueden que paguen agrupado pero en junio.

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  13. Hola.
    El problema no es el momento del cobro, que se hace entre los días 15 y 20 de julio, según establece el artículo 28.2 del Convenio Colectivo de Consultoría.
    El problema es únicamente el recibo salarial que, desde hace algo más de un año, se viene emitiendo de manera unificada en vez de separar en un recibo la paga extraordinaria y en otro diferente la ordinaria del mes de julio.
    Como os hemos explicado, las consecuencias no son importantes, más allá de la incomodidad que supone para los trabajadores a la hora de identificar cláramente los distintos conceptos de cada una de las nóminas.
    Saludos.

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  14. ¿Sabeis que dia se pagara este año?

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