13 diciembre 2021

La paga extra de Navidad

Según nuestro Convenio Colectivo el salario se divide en 14 pagas: una por cada mes más las pagas extraordinarias de Verano y de Navidad, que deberán abonarse entre los días 15 y 20 de julio y de diciembre respectivamente.

Tradicionalmente cada paga tenía su recibo de nómina correspondiente ya se tratase de una paga mensual o de una extraordinaria. Sin embargo, el año pasado se empezó a emitir un único recibo de nómina cada mes, de modo que las pagas extraordinarias están incluídas en el recibo de la nómina ordinaria del mes correspondiente.

Este cambio no modifica en nada las retenciones para el IRPF ni la cotización a la Seguridad Social, por lo que no afecta en el neto a percibir. Sin embargo para los trabajadores supone una incomodidad que no tiene sentido mantener. Por ese motivo hemos pedido reiteradamente a la empresa que vuelva a la práctica habitual de dar para cada paga su propio recibo de nómina independiente.

La empresa reconoce lo oportuno de nuestra petición y ha accedido a realizar dicho cambio en el sistema de nóminas pero ya no ha dado tiempo a implementarlo para final de año. Este mes, por lo tanto, igual que ocurrió en julio, tendréis dos ingresos en cuenta pero dispondréis de un único recibo que incluirá la paga ordinaria de diciembre y la extra de Navidad.

Esperamos que para julio sí se haya podido llevar a cabo la modificación y cada paga cuente con su propio recibo de nómina.

30 comentarios:

  1. Hola, Indicais que el convenio indica 14 pagas?

    Esto aplica a todos los trabajadores?

    Porque yo cobro 12 pagas.

    Gracias.

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    1. Pues esa suerte tienes!
      Yo a esto de las pagas "extra" no le veo sentido alguno (más allá de financiar gratis a la empresa), lo suyo sería que todo el mundo cobrase en 12 pagas y dejarse de gaitas.

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    2. Cobraras las pagas extras prorrateadas dentro de las doce pagas, por ese motivo cuando se negocia un salario, siempre hay que hacerlo en bruto anual, para que te de lo mismo si luego lo cobras 12 o 14 pagas.

      ¡Un Saludo!

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    3. Hola.
      La gente que en su momento provenía de otra empresa en la que cobraba 12 pagas (tenía prorrateadas las extra entre los 12 meses) lo han seguido manteniendo así. Si te interesa podrías solicitar que te paguen en 14 pagas como marca el Convenio.
      Saludos.

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    4. Hola, de acuerdo , gracias por la respuesta.

      Respecto a la suerte, bueno si es cierto que cada mes pues cobras más al estar prorrateadas, pero se agradece una paga extra en Navidad y Verano. Pero bueno para gustos los colores.

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    5. Pero es que lo de "extra" es solo un nombre, lo sería de verdad si fuese algo adicional que te da la empresa por su parte, pero si al final es parte de tu salario normal no tiene nada de "extra".
      Lo de que se "agradece" la paga extra... Si cobras en 12 pagas sólo tienes que guardarte X euros al mes en el bote de las galletas y cada 6 meses vacías el bote y ahí tienes tu extra.

      Mi punto de vista sobre las "extra" es que la empresa en lugar de darme todos los meses lo que me corresponde se queda una parte para "guardarmelo" ella porque, claro, yo soy tonto y no me sé administrar.

      Resumiendo, son un foco de problemas que no aporta nada al trabajador (a la empresa sí, por supuesto), al final tú vas a cobrar lo mismo en 12 o en 14 y es una forma inecesaria de complicar las nóminas porque más allá del lío de este año con los recibos de nómina, en la situación "normal" de 14 nóminas para el cálculo del irpf sí se prorratean las "extra" entre las 12 nóminas normales.
      Ah! y ya de que te hagan el lío en el cálculo del finiquito ni hablo...

      Lo dicho, un foco de problemas.

      Bueno, ya de paso aprovecho yo para preguntar lo contrario: ¿si estoy cobrando en 14 pagas puedo solicitar que me pagen en 12?

      Gracias!

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    6. Esta empresa se las inventa todas para recortar a los trabajadores.

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    7. Hola.
      La empresa sólo mantiene las 12 pagas como condición individual para las personas que ya las tenían de antes.
      Para las demás, se atiene a las 14 pagas que marca el convenio, por lo que no van a acceder a tu pretensión de pasar de 14 a 12.
      Saludos.

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  2. Gracias. La verdad que no me afecta directamente en nada, pero si quiero mirar las nóminas es muy complicado entenderlas al estar juntas la extra y la del mes.

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  3. A lo mejor con las pagas les da a mas de uno por comprar mascarillas, en Espacio Madrid 11 brillan por su ausencia

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  4. Si las mascarillas son necesarias para trabajar igual las debería comprar la empresa.

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    1. Bueno, también es necesario ir vestido y no es la empresa la que te proporciona la indumentaria.

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    2. Míralo qué cachondo! Se ve que a ti te den cacahuetes de marca.

      Vestido vas siempre, y el ir a trabajar no supone un gasto adicional, sin embargo el uso de máscarilla es un gasto que no tendría si no me obligasen a estar 8h en un sitio cerrado. Si te obligasen a llevar un determinado tipo de ropa sí te lo pagarían.

      También tengo un portatil personal y sin embargo la empresa me da uno para trabajar.

      Parece mentira que haya que explicar esto! Así nos va...

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    3. Hola.
      Efectivamente, las mascarillas son un EPI que debería proporcionar la empresa si fuesen necesarias. Según la normativa, en las oficinas hay que mantener la distancia o utilizar mascarilla. Inetum ha optado en sus instalaciones por la distancia, marcando los puestos de trabajo que se pueden utilizar y los que no, por lo que la mascarilla no es necesaria.
      Si alguien trabaja en cliente y éste si ha optado por las mascarillas en lugar de la distancia, esa persona deberá avisar a Prevención para que le provea de mascarillas.
      Saludos.

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    4. Sólo un apunte, en los centros de trabajo de ASTURIAS hay una normativa publicada en el BOPA en la que se indica que la mascarilla es obligatoria en oficina siempre, independientemente de que haya distancia o no. Se consultó con el equipo de prevención de la empresa y así lo han confirmado.

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    5. Hola.
      En ese caso, es la empresa la que debería proporcionarlas.
      Saludos.

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  5. Buenos días,

    Entonces cuando se recibirá la extra de navidad del 15 al 20 de Diciembre o ya e1 1 de Enero con la paga mensual?

    Saludos.

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    1. Hola, la paga se recibe sobre el 17-18 de Diciembre.

      Un saludo.

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    2. Buenas,

      y se recibira solo la paga extra o también irá incluida la paga del mes de Diciembre?

      Gracias.
      Saludos.

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    3. Hola.
      La extra se ingresa entre el 15 y el 20 de diciembre.
      La paga ordinaria, como siempre, a finales de mes.
      Saludos.

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    4. Un 15 sin paga...!!!
      ya del 15 al 20, pero es la primera vez.

      Un saludo

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  6. Hola,
    ¿¿podriais indicarnos como calcular la paga extra?? si vendrá incluida en la nomina de diciembre es complicado averiguar si está bien o no el importe.
    Saludos

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    1. Hola.
      En la nómina conjunta la paga extra aparece como un concepto independiente, por lo que es fácil de identificar su cuantía que debe coincidir con el ingreso que recibiste en tu cuenta.
      Saludos.

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  7. Que os ha tocado en el lote de Navidad de este año?

    Porque por aqui en cataluña y en cliente, estamos ya viendo todos los lotes de los que trabajan en cliente mas otros que trabajan en empresas externas que tambien lo tienen, y en Inetum ? estamos quedando bastante mal...

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    1. ¿Lote de Navidad? ¿qué es eso?

      A mi no me han dado nunca nada.

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    2. A mi un año me enviaron una botella de vino a casa. Por eso pregunte.

      Un pequeño detalle, pero se agradece.


      Pero parece que con está fusión, se ha perdido todo........
      Compensaciones, Detalles de Navidad, tickets de comida...


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    3. Hola.
      El año pasado, con motivo del cambio de nombre, regalaron varios objetos de merchandising.
      Este año, como ya habéis comprobado, no hay regalo.
      Saludos.

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  8. Hola, estando de baja de paternidad corresponde igualmente la paga extra?

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    1. Hola.

      Estando de permiso de paternidad es la Seguridad Social la que te paga, no la empresa. En este sentido la SS prorratea las pagas extraordinarias (las divide entre 6 y suma una parte a cada mes del permiso).

      Como tu permiso no dura todo el tiempo de devengo de las pagas extraordinarias (de enero a junio, para la de verano y de julio a diciembre para la de Navidad), la empresa te abonará una paga extraordinaria reducida (correspondiente al tiempo que has estado trabajando durante el periodo de devengo).

      Saludos.

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  9. Sabemos si no darán lote de navidad o algo?

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