26 enero 2024

Conciliación y Beneficios Sociales 2024

Esta semana hemos repartido en algunas oficinas nuestro ya habitual díptico con un resumen de las medidas de conciliación y los beneficios sociales a las que nos podemos acoger todos los trabajadores de Inetum España S.A.

En él hemos incluido los nuevos permisos creados este año por el Parlamento y también los cambios que la empresa ha introducido en el calendario laboral con el fin de no superar el límite de horas anual. 

Estos cambios consisten en recuperar la hora habitual de salida de los viernes (en aquellos lugares que la vieron retrasada un cuarto de hora el año pasado), restablecer el descanso en los días 24 y 31 de diciembre (al caer este año en días laborables) e incluir varios días de jornadas especiales (en fechas diferentes para cada centro de trabajo, por lo que no hemos podido recogerlas todas en este resumen). 

Como la empresa tiene por costumbre cuando hablamos del calendario, no ha aceptado ninguna de las propuestas de mejora que le presentamos, como la ampliación del periodo de jornada de verano, el incremento hasta dos horas en la flexibilidad horaria para poder entrar desde las 7:30 o la extensión de dicha flexibilidad a todo el año. 

Sabiendo que la mayoría de los empleados está desplazada en cliente, o teletrabaja al 100%, o su centro de trabajo no es de los que han recibido nuestra visita, publicamos el documento en el blog, para que todos lo tengáis a mano y lo podáis consultar en cualquier momento.

Por favor, avisadnos si detectáis algo que esté equivocado, para que lo podamos corregir.

Os dejamos también un enlace al díptico en PDF para que os lo podáis imprimir, por si os resulta más práctico tenerlo en papel.


CONDICIONES DE CONCILIACIÓN

 
JORNADA


De ENERO a JUNIO y de SEPTIEMBRE a DICIEMBRE JULIO y AGOSTO

De Lunes a Jueves Viernes
Jornadas especiales
(consultar fechas
en el calendario
laboral de cada
centro de trabajo)
Lunes - Viernes
Tiempo de
trabajo efectivo


Entrada

Tiempo de
comida


Salida
8 horas y media


8:00 - 9:30

Mínimo 30minutos.
Máximo 2 horas


17:00 - 20:00
6 horas y media


8:00 - 9:00

---


14:30 - 15:30
6 horas y media


8:00

---


14:30
7 horas


8:00

---


15:00


VACACIONES

DURACIÓN
22 días hábiles(10 de ellos hay que disfrutarlos durante la jornada de verano).
2 días hábiles de asuntos propios.
Los días 24 y 31 de diciembre son de descanso en la empresa.


PERMISOS RETRIBUIDOS

MOTIVO DURACIÓN
Matrimonio o pareja de hecho
15 días naturales
Fallecimiento de parientes de 1º grado (incluida pareja de hecho)
5 días laborables
Fallecimiento de parientes de 2º grado (incluida pareja de hecho)
2 días laborables (4 si precisa desplazamiento)
Accidente grave de parientes de hasta 2º grado (incluidos los de la pareja de hecho) o convivientes
5 días laborables
Enfermedad grave de parientes de hasta 2º grado (incluidos los de la pareja de hecho) o convivientes
5 días laborables
Hospitalización de parientes de hasta 2º grado (incluidos los de la pareja de hecho) o convivientes)
5 días laborables
No necesariamente consecutivos, mientras persista la hospitalización
Intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario parientes hasta 2º grado (incluidos los de la pareja de hecho) o convivientes
5 días laborables
Traslado del domicilio habitual 1 día laborable
Deber inexcusable de carácter público y personal El tiempo indispensable
Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto El tiempo indispensable
Sesiones de preparación para la adopción o acogimiento El tiempo indispensable
Lactancia de un hijo menor de 9 meses 15 días naturales, ampliable proporcionalmente en parto múltiple
(ó 1 hora de ausencia al día)
Hospitalización de hijo prematuro 1 hora al día
Consultas de reproducción asistida y exámenes prenatales Hasta 6 días laborables al año
Consulta médica para hij@s, padre o madre con enfermedad grave o discapacidad >65% Hasta 4 días laborables al año
Víctimas de violencia de género que cambien de domicilio por este motivo o que tengan a su cargo menores con discapacidad >65% Hasta 4 días laborables al año
Mal estado físico o psicológico de la víctima de violencia de género y de los hijos menores a su cargo Se consideran justificadas todas las ausencias debidas a esta causa
Asistencia de la víctima de violencia de género a juzgados, comisarías o servicios sociales Se consideran justificadas todas las ausencias debidas a esta causa
Causa de fuerza mayor por motivos familiares Por horas, sin superar el equivalente a 4 días al año


PERMISOS NO RETRIBUIDOS

MOTIVO DURACIÓN OBSERVACIONES
Vacaciones sin sueldo 5 días laborables al año Previa aceptación del responsable.
No afecta al cómputo vacacional anual.
Permiso sin sueldo Dos opciones:
  A- hasta 1 mes
  B- hasta 15 días

  A- 1 vez al año.
  B- 1 vez en cada semestre del año.

Debes tener 1 año de antigüedad.
Sin coincidir a la vez el 3% del departamento.
Fallecimiento, accidente o enfermedad de larga duración de hij@s, cónyuge o pareja de hecho 2 meses Es enfermedad de larga duración si el facultativo prevé más de 6 meses.
Trámites de adopción o acogimiento 2 meses Este permiso podrá unirse a las vacaciones.
Permiso parental Hasta 8 semanas en total Hij@s o acogidos menores de 8 años.
Disfrutables de forma continua o por semanas.
A tiempo completo o reduciendo la jornada.
Preaviso de 10 días, salvo fuerza mayor.


EXCEDENCIAS

DESCRIPCIÓN DURACIÓN OBSERVACIONES
Por cuidado de cada hijo o hija, ya sean naturales o por adopción o acogimiento Hasta edad de 3 años y medio Desde la fecha de nacimiento o resolución judicial o administrativa.
Se puede disfrutar de forma fraccionada.
El tiempo de excedencia computará a efectos de antigüedad.
Derecho a reserva de su puesto de trabajo los primeros 12 meses. A partir de ahí, reserva de un puesto de la misma categoría.
Por cuidado de familiar Hasta 2 años Familiares hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad
Incluida la pareja de hecho y sus parientes consanguíneos.
Que por edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
Se puede disfrutar de forma fraccionada.
El tiempo de excedencia computará a efectos de antigüedad.
Derecho a reserva de su puesto de trabajo los primeros 12 meses. A partir de ahí, reserva de un puesto de la misma categoría.
Voluntaria Entre 4 meses
y 5 años
- Se requiere antigüedad de 1 año.
- Solo se conserva un derecho preferente de reingreso si hay vacantes de igual o similar categoría.
- Se podrá volver a solicitar transcurridos 4 años.


REDUCCIÓN DE JORNADA

REDUCCIÓN (con disminución proporcional del salario) DURACIÓN
Por guarda legal quien tenga a cargo a un menor de hasta 12 años Entre ⅛ y ½ de la jornada.
Por cuidado de persona con discapacidad y sin actividad retribuida (incluido cónyuge o pareja de hecho). Entre ⅛ y ½ de la jornada.
Para cuidado directo de menor a cargo (hij@ natural, adoptad@ o en acogimiento preadoptivo o permanente, con cáncer o cualquier otra enfermedad grave que implique ingreso hospitalario de larga duración. ≥ 50% de la jornada y como máximo hasta que el menor cumpla los 18 años.


MATERNIDAD Y PATERNIDAD

NACIMIENTO
Cada progenitor dispone de 16 semanas.
En partos múltiples se amplía 1 semana por cada hijo adicional (2 semanas en familias monoparentales).
Si el hijo tiene discapacidad, se amplía 1 semana (2 semanas en familias monoparentales).
La madre puede comenzar a disfrutarlo hasta 4 semanas antes del parto.
Las 6 semanas inmediatamente posteriores al parto son de disfrute obligado.
Las demás, previo acuerdo con la empresa, se pueden disfrutar en otro momento, siempre antes de que pase un año desde el nacimiento, todas juntas o en bloques de al menos una semana.
Esas últimas 10 semanas se pueden disfrutar sin ir a trabajar o, previo acuerdo con la empresa, trabajando a media jornada.
Su disfrute se puede unir al de las vacaciones.

ADOPCIÓN / GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO
Cada adoptante dispone de 16 semanas en las mismas condiciones que el permiso por nacimiento.
Puede elegirse como inicio la fecha de resolución judicial de adopción o la de resolución administrativa de acogimiento.


TELETRABAJO

CONDICIONES DEL TRABAJO A DISTANCIA
Duración Hasta 31/12 y renovación automática anual.
Reversible en cualquier momento, con 21 días de preaviso.
Modo Híbrido 30% - 80% (o más, si acepta el responsable).
Distribución concreta a acordar con el responsable.
Dotación Portátil, teclado, ratón, auriculares, pantalla (si portátil < 15”).
Compensación bruta: 20€/mes.
Lugar El domicilio habitual o una segunda residencia (preavisando con 10 días).
Ambos en territorio nacional.
Presencialidad Preaviso de al menos 48 horas. Si es por causa sobrevenida, se debe acudir en menos de 24h.
Los desplazamientos a la oficina los realiza el trabajador con sus propios medios.


BENEFICIOS SOCIALES

 
ANTICIPOS DE NÓMINA
A cuenta y por la cuantía del trabajo ya realizado durante el mes en curso.

TARJETA DE COMIDA
Para empleados que lo tienen reconocido como beneficio social.
6,50€ por cada día de jornada completa trabajado presencialmente.
Es un salario en especie, cuyo importe no se descuenta de la nómina (no entra en la Retribución Flexible).

RETRIBUCIÓN FLEXIBLE (exención fiscal por el importe total descontado de nómina para este fin)
Guardería Hijos en primer ciclo de Educación Infantil que no cumplan 4 años durante el curso escolar.
Matriculados en centros legalmente autorizados y afiliados a la red Edenred.
Sin límite de gasto (salvo en País Vasco, donde la exención tiene un límite de 1000€/año).
Transporte
(salvo País Vasco)
En transportes habilitados para el pago con tarjeta Edenred.
Máximo de 1500€ anuales y 136,36€ mensuales (11 meses).
Tarjeta de comida En restaurantes que admitan pago con MasterCard.
Máximo de 11€ diarios (9€/día en País Vasco), máximo de 18 días mensuales, máximo de 10 meses anuales.
Seguro médico
(salvo País Vasco)
Para el empleado, cónyuge o pareja de hecho, hijos e hijas.
Exención fiscal por hasta 500€ anuales por asegurado.
A elegir entre Adeslas, Asisa, Mapfre y Sanitas.
Debe tramitarse a primeros de diciembre del año anterior.
Formación
Para cursos relacionados con tu puesto y con aprobación previa de tu responsable.
Exención fiscal del 100%.
La empresa paga la factura del curso y luego te lo va descontando mes a mes.

PREVISIÓN SOCIAL
Prestación complementaria por incapacidad temporal: hasta completar el 100% del salario durante los 12 primeros meses.


GRADOS DE PARENTESCO

 
PRIMER GRADO
CONSANGUINIDAD:
  • Padres
  • Hijos
AFINIDAD:
  • Cónyuge
  • Hijastros
  • Padrastros
  • Suegros
  • Nueras
  • Yernos
SEGUNDO GRADO
CONSANGUINIDAD:
  • Abuelos
  • Nietos
  • Hermanos
AFINIDAD:
  • Abuelos políticos
  • Nietastros
  • Hermanastros
  • Abuelastros
  • Cuñados
  • Cónyuges de nietos


ACOSO

 
Si crees que tú o alguna otra persona sufre acoso laboral y/o sexual por parte de algún compañero o jefe, puedes acudir a:

14 comentarios:

  1. Está bien que haya todos estos beneficios sociales pero, faltaría más con la austeridad salarial que llevamos. Mismamente el sábado pasado gané más dinero recogiendo chatarra para llevarla al chatarrero que programando en Java, la hora me salía más a cuenta rebuscando en los contenedores.

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    1. A lo mejor se te da mejor buscar chatarra que programar en Java.

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    2. Tu lo dirás en broma pero como están las cosas ahora ser Informático o Programado es ya un trabajo de mierda con salario mínimo...

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    3. ¿Y por qué sigues sentado en la silla si es tan bueno recoger chatarra en la calle?

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    4. Lo primero, para que el sindicato pueda hacer algo por nuestra situación necesita que seamos nosotros mismos los que demos la cara y ellos van de respaldo, lo que no podemos hacer es tirar la piedra y esconder la mano.
      Segundo, Inetum no se caracteriza precisamente por sus sueldos, bueno si, pero a la baja. El que contesta increpando al compañero en vez de apoyándolo, que se cree, que va a heredar? o tiene la suerte, de ser de los pocos que ganan bien.?

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  2. Con respecto a los días con horario especial (salida a las 14:30), en nuestro caso que estamos trabajando para cliente (y hacemos jornada Inetum), nos han dicho que tenemos que ponernos deacuerdo con el cliente para poder "disfrutar" de esa jornada, y ver con el otras formas de compensación. Esto nos lo ha dicho el JP, para que lo negociemos directamente nosotros con el cliente. En mi grupo hay gente que no ha podido disfrutar por lo menos de esa primera semana de enero. ¿quién tiene que realizar esa labor de mediación? ¿es posible pasar esas hora a días de compensación? ¿cúal es el siguiente paso que tenemos que realizar? ¿hay más gente en nuestra situación?

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    1. Pues habla con tu JP y que compense esas jornadas como está acordado con la empresa y como se ha hecho con compañeros que por la situación de horarios en cliente tampoco las han disfrutado y les han dado dias libres + tickets comida.

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    2. Hola.

      Si estás desplazado en cliente (aunque teletrabajes), el convenio te obliga a hacer la misma jornada que los empleados propios del cliente (si en el mes haces más horas que en Inetum, te debe compensar Inetum, no el cliente).

      Si, trabajas para un cliente pero tu lugar de trabajo son nuestras oficinas (aunque teletrabajes), te aplica la jornada publicada en el calendario laboral de Inetum. Cualquier día que se sobrepase dicha jornada, debe ser considerado como horas extraordinarias (debes saber antes de hacerlas qué compensación te ofrecen y, si ésta no te convence, no tienes ninguna obligación de hacerlas).

      Saludos.

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  3. Que listo el JP.... pues yo entiendo que es el él o de él para arriba quien debe gestionar eso, se supone que su rol es el de gestión del equipo y sino lo tendrá que escalar a su responsable, vaya manera de escurrir el bulto

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  4. Y la supresión del articulo 7 del convenio, que es una congelación salarial indefinida de facto, ¿para cuando?

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  5. Anónimo6/3/24 17:54

    Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.

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    1. Comentario eliminado por considerarlo spam al ser idéntico a otros publicados a la vez en otras entradas.

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  6. Anónimo4/4/24 09:23

    Hola buenas, haciendo un cálculo según el calendario laboral, teniendo en cuenta festivos, jornada normal, jornada intensiva, descontando vacaciones etc... me sale que hacemos una jornada semanal de 39,4 horas. Se sabe algo de cuando van a aplicar la jornada de 38,5 horas que el gobierno dice que entra en vigor a lo largo de 2024 ? Lo aplicarán el 30 de diciembre? Se sabe algo de cómo o cuando se van a compensar dichas horas cuando entre en vigor?

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    1. Hola.
      Esa medida fue un acuerdo de investidura que aún no se ha traducido en ninguna decisión del gobierno o del parlamento, por lo que no se conoce ningún detalle de la misma.
      Saludos.

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