Esta posibilidad de reducir la jornada es un derecho individual de cada trabajador, hombre o mujer, pero en el caso de que dos trabajadores de la misma empresa pidan una reducción para cuidar al mismo hijo, este derecho se puede limitar por razones justificadas del funcionamiento de la empresa.
La reducción hay que pedirla por escrito con una antelación mínima de 15 días, y se tiene que preavisar el final de la misma también con 15 días, aunque también por Convenio pueden establecerse otros plazos. Esta reducción por cuidado de hijo no se debe confundir con a la que se tiene derecho en caso de hospitalización del hijo recién nacido prematuro o por enfermedad grave del hijo.
1. Cuando se tiene un hijo menor de 12 años se puede pedir una reducción de la jornada para poder cuidarle. La jornada se puede reducir entre un 1/8 y la mitad, implicando una reducción igual del salario (aunque algunos conceptos salariales, como el plus transporte por ejemplo, no se ven reducidos). Esta reducción puede durar hasta que el hijo cumpla los 12 años.
2. Cuando se tiene al cargo a una persona con una discapacidad o cuando sea necesario cuidar directamente a un familiar hasta segundo grado (hijos, nietos, padres, abuelos, hermanos y sus cónyuges) que no puedan valerse por si mismos por su edad, por un accidente o por una enfermedad. Para poder pedir esta reducción será necesario que la persona a la que se va a cuidar no trabaje.
¿ Se puede despedir a una persona que tenga reducción de jornada por guarda legal?
En principio, y salvo que la empresa demuestre una causa para el despido justificada, el despido de una trabajadora o un trabajador con reducción de jornada por cuidado de hija o hijo menor a cargo es nulo y se tendrá que demandar frente al mismo.
¿ Cuánto tiempo puedo reducir mi jornada laboral?
Por Ley, la reducción de jornada como mínimo debe ser un octavo (1/8) y como máximo la mitad (1/2) de la jornada.
¿ Cuánto tiempo tengo que llevar en la empresa para poder solicitar la reducción de jornada?
En principio no hay un tiempo legal establecido para poder solicitarla, por lo que lo podrías hacer desde tu primer día en la empresa, aunque es recomendable haber superado por lo menos el período de prueba establecido en el contrato.
¿ Qué significa el párrafo “Siendo que el horario elegido por el trabajador no se concreta dentro de su jornada ordinaria, éste se mantendrá sólo mientras no entre en colisión con el desempeño de su puesto de trabajo” que incluye la empresa en el documento a firmar cuando se solicita la reducción?
Es una coletilla que le ponen a todo el mundo que se coge la reducción, siempre que el horario elegido sobrepase de las 13:30h. ya que RRHH considera que la hora de comer es fija de 13:30 a 14:30h. por lo que estar trabajando durante esa hora estaría fuera de la jornada de GFI.
Es evidente que parten de una premisa falsa, ya que de todos es sabido que la hora de comida es flexible (habiendo gente que va a comer a las 13:00 y otra gente que va a comer a las 15:00h.) y que la oficina no queda vacía, ni mucho menos cerrada, en dicho horario.
Y ahora con la nueva modificación de la ley que ha entrado en Agosto, ¿como se ve afectada esta norma?
ResponderEliminarHola.
EliminarDicha modificación desprotegía, por error, algunas situaciones que estaban protegidas desde el año pasado. En concreto las personas que solicitasen el permiso de 5 días por accidente, hospitalización o intervención quirúrgica de familiares y las personas que se acogiesen a la adaptación de jornada por conciliación.
Por lo tanto, no afecta en ningún caso a la reducción de jornada por guarda legal.
Esperamos que el parlamento subsane cuanto antes este error que todavía está en vigor.
Saludos.