14 mayo 2019

Vacaciones sin retribución


El Plan de Igualdad de Oportunidades nos ofrece, desde el año 2018, la posibilidad de disfrutar de hasta 5 días de vacaciones sin retribución. Se gestionan igual que las Vacaciones pero tienen algunas diferencias. También tienen algunas similitudes con el Permiso sin sueldo que nos reconoce el Convenio Colectivo.
 
¿Yo puedo solicitarlas?
Sí, si eres empleado de la empresa, independientemente de tu categoría, puesto de trabajo o antigüedad.
 
¿Cómo las solicito?
Exactamente igual que los días de vacaciones normales, se piden a través de Talaris. La única diferencia es que, en vez de "Vacaciones", en el campo "Tipo Permiso" deberás seleccionar la opción "Vacaciones SIN SUELDO (max. 5 días)".
 
¿Cómo me las aprueban?
Al igual que las vacaciones normales, las debe aprobar tu responsable y tienes derecho a saber si te las han aceptado o no con 2 meses de antelación.
 
¿Debo disfrutar los 5 días juntos?
No, al igual que las vacaciones normales, esos días te los puedes distribuir durante el año como más te convenga. Puedes usar algún día para hacerte un puente o cogerte días sueltos o la semana completa...
 
¿Puedo juntarlos con mis vacaciones?
Claro. Si es lo que mejor te viene, puedes usarlos para alargar uno de tus periodos vacacionales, poniéndolos justo antes del mismo o justo después.
 
¿Son compatibles con el permiso sin sueldo?
Sí. También puedes pedírtelos justo antes o justo después de un permiso sin sueldo con el fin de alargar su duración.
 
¿En qué se diferencian del permiso sin sueldo?
El permiso sin sueldo es de hasta un mes y las vacaciones no retribuidas son de hasta 5 días. El mes sin sueldo se puede disfrutar una vez al año o repartirlo en dos periodos de medio mes, mientras que las vacaciones no retribuidas las puedes repartir como tú quieras. El permiso sin sueldo afecta a tus vacaciones descontándosete por cada medio mes, un día de vacaciones. Sin embargo por las vacaciones no retribuidas no se te descuenta ningún día.
 
¿En qué se diferencian de las vacaciones normales?
Las vacaciones normales son remuneradas, es decir, que sigues cobrando tu salario normal. Las vacaciones no retribuidas afectan a tu nómina puesto que se te descuenta del sueldo el día que no has trabajado y la parte proporcional de la paga extra.

¿Dejo de cotizar a la Seguridad Social?
No, esos días continúas cotizando a la Seguridad Social, puesto que no se trata de una suspensión del contrato de trabajo.
 
 

2 comentarios:

  1. No lo habéis comentado, pero supongo que esos días no cotizan en la seguridad social.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola.
      Al igual que ocurre con el Permiso sin sueldo, se continúa cotizando a la Seguridad Social.

      Eliminar