08 febrero 2023

Conciliación y Beneficios Sociales 2023

(Última actualización: 30/06/2023)

Durante el mes de Enero hemos estado repartiendo en algunas oficinas un díptico en el que se muestran de forma resumida las medidas de conciliación y los beneficios sociales a las que todos los trabajadores de Inetum España S.A. podemos acogernos.

Algunas de estas medidas las define el Estatuto de los Trabajadores, otras el Convenio Colectivo de Consultoría y otras el Plan de Igualdad de Inetum y acuerdos de empresa.

Como la mayoría de empleados está desplazada en cliente, teletrabaja al 100% o su centro de trabajo no es de los que han recibido nuestra visita, hemos decidido publicar el documento en el blog, para que todos lo tengáis a mano y lo podáis consultar en cualquier momento.

Si detectáis algo que no sea correcto, os agradecemos que nos aviséis para que podamos corregirlo. 

Os dejamos también un enlace al díptico en PDF para que os lo podáis imprimir, por si os resulta más práctico tenerlo en papel.


CONDICIONES DE CONCILIACIÓN

 
JORNADA


De ENERO a JUNIO y de SEPTIEMBRE a DICIEMBRE JULIO y AGOSTO

De Lunes a Jueves Viernes
(Aragón, Asturias,
Baleares, Barcelona,
La Rioja, Madrid,
Miguelturra, Murcia,
Navarra, Santiago,
Sevilla, Vigo)
Viernes
(A Coruña, Badajoz,
Canarias, Cantabria,
Com. Valenciana,
Málaga, País Vasco,
Tarragona,
Valladolid)
Lunes - Viernes
Tiempo de
trabajo efectivo


Entrada

Tiempo de
comida


Salida
8 horas y media


8:00 - 9:30

Mínimo 30minutos.
Máximo 2 horas


17:00 - 20:00
6 horas y ¾


8:00 - 9:00

---


14:45 - 15:45
6 horas y ½


8:00 - 9:00

---


14:30 - 15:30
7 horas


8:00

---


15:00


VACACIONES

DURACIÓN
22 días hábiles(10 de ellos hay que disfrutarlos durante la jornada de verano).
2 días hábiles de asuntos propios.


PERMISOS RETRIBUIDOS

MOTIVO DURACIÓN
Matrimonio o pareja de hecho
15 días naturales
Fallecimiento de parientes de 1º grado (incluida pareja de hecho)
5 días laborables
Fallecimiento de parientes de 2º grado (incluida pareja de hecho)
2 días laborables (4 si precisa desplazamiento)
Accidente grave de parientes de hasta 2º grado (incluidos los de la pareja de hecho) o convivientes
5 días laborables
Enfermedad grave de parientes de hasta 2º grado (incluidos los de la pareja de hecho) o convivientes
5 días laborables
Hospitalización de parientes de hasta 2º grado (incluidos los de la pareja de hecho) o convivientes)
5 días laborables
No necesariamente consecutivos, mientras persista la hospitalización
Intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario parientes hasta 2º grado (incluidos los de la pareja de hecho) o convivientes
5 días laborables
Traslado del domicilio habitual 1 día laborable
Deber inexcusable de carácter público y personal El tiempo indispensable
Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto El tiempo indispensable
Sesiones de preparación para la adopción o acogimiento El tiempo indispensable
Lactancia de un hijo menor de 9 meses 15 días naturales, ampliable proporcionalmente en parto múltiple
(ó 1 hora de ausencia al día)
Hospitalización de hijo prematuro 1 hora al día
Consultas de reproducción asistida y exámenes prenatales Hasta 6 días laborables al año
Consulta médica para hij@s, padre o madre con enfermedad grave o discapacidad >65% Hasta 4 días laborables al año
Víctimas de violencia de género que cambien de domicilio por este motivo o que tengan a su cargo menores con discapacidad >65% Hasta 4 días laborables al año
Mal estado físico o psicológico de la víctima de violencia de género y de los hijos menores a su cargo Se consideran justificadas todas las ausencias debidas a esta causa
Asistencia de la víctima de violencia de género a juzgados, comisarías o servicios sociales Se consideran justificadas todas las ausencias debidas a esta causa
Causa de fuerza mayor por motivos familiares Por horas sin superar el equivalente a 4 días al año


PERMISOS NO RETRIBUIDOS

MOTIVO DURACIÓN OBSERVACIONES
Vacaciones sin sueldo 5 días laborables al año Previa aceptación del responsable.
No afecta al cómputo vacacional anual.
Permiso sin sueldo A elegir entre dos opciones:
A- 1 periodo de hasta 1 mes
B- 2 periodos de hasta 15 días

A- 1 vez al año.
B- 1 vez en cada semestre del año.
Debes tener 1 año de antigüedad.
En el mismo periodo no lo deben haber pedido más del 3% del personal de tu departamento.
Fallecimiento, accidente o enfermedad de larga duración de hij@s, cónyuge o pareja de hecho 2 meses Es enfermedad de larga duración si el facultativo prevé más de 6 meses.
Trámites de adopción o acogimiento 2 meses Este permiso podrá unirse a las vacaciones.
Permiso parental Hasta 8 semanas Hij@s o menores acogidos por más de un año, de edad inferior a 8 años.
Las 8 semanas se pueden disfrutar de forma continua o por separado.
Permiso aplicable a tiempo completo o reduciendo la jornada.
Preaviso de 10 días, salvo fuerza mayor.


EXCEDENCIAS

DESCRIPCIÓN DURACIÓN OBSERVACIONES
Por cuidado de cada hijo o hija Hasta edad de 3 años y medio Válido para hijos naturales o por adopción o acogimiento.
A contar desde la fecha de nacimiento o resolución judicial o administrativa.
Se puede disfrutar de forma fraccionada.
El tiempo de excedencia computará a efectos de antigüedad.
Derecho a reserva de su puesto de trabajo los primeros 12 meses. A partir de ahí, reserva de un puesto de la misma categoría.
Por cuidado de familiar Hasta 2 años Familiares hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad (incluida la pareja de hecho y sus parientes consanguineos).
Que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
Se puede disfrutar de forma fraccionada.
El tiempo de excedencia computará a efectos de antigüedad.
Derecho a reserva de su puesto de trabajo los primeros 12 meses. A partir de ahí, reserva de un puesto de la misma categoría.
Voluntaria Entre 4 meses
y 5 años
- Se requiere antigüedad de 1 año.
- Solo se conserva un derecho preferente de reingreso si hay vacantes de igual o similar categoría.
- Se podrá volver a solicitar transcurridos 4 años.


REDUCCIÓN DE JORNADA

REDUCCIÓN (con disminución proporcional del salario) DURACIÓN
Por guarda legal quien tenga a cargo a un menor de hasta 12 años Entre ⅛ y ½ de la jornada.
Por cuidado de persona con discapacidad y sin actividad retribuida (incluido cónyuge o pareja de hecho). Entre ⅛ y ½ de la jornada.
Para cuidado directo de menor a cargo (hijo o hija -por naturaleza o adopción-, guarda con fines de adopción o acogimiento permanente), afectado por cáncer o por cualquier otra enfermedad grave que implique ingreso hospitalario de larga duración. ≥ 50% de la jornada y como máximo hasta que el menor cumpla los 18 años.


MATERNIDAD Y PATERNIDAD

NACIMIENTO
Cada progenitor dispone de 16 semanas.
En partos múltiples se amplía 1 semana para cada progenitor por cada hijo a partir del segundo (2 semanas en familias monoparentales).
Si el hijo tiene discapacidad, se amplía 1 semana para cada progenitor (2 semanas en familias monoparentales).
La madre puede comenzar a disfrutarlo hasta 4 semanas antes del parto.
Las 6 semanas inmediatamente posteriores al parto son de disfrute obligado.
Las demás, previo acuerdo con la empresa, se pueden disfrutar en otro momento, siempre antes de que pase un año desde el nacimiento, todas juntas o en bloques de al menos una semana.
Esas últimas 10 semanas se pueden disfrutar sin ir a trabajar o, previo acuerdo con la empresa, trabajando a media jornada.
Su disfrute se puede unir al de las vacaciones.

ADOPCIÓN / GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO
Cada adoptante dispone de 16 semanas en las mismas condiciones que el permiso por nacimiento.
Puede elegirse como inicio la fecha de resolución judicial de adopción o la de resolución administrativa de acogimiento.


TELETRABAJO

CONDICIONES DEL TRABAJO A DISTANCIA
Duración Hasta 31/12 y renovación automática anual.
Reversible en cualquier momento, con 21 días de preaviso.
Modo Híbrido 30% - 80% (o más, si acepta el responsable).
Distribución concreta a acordar con el responsable.
Dotación Portátil, teclado, ratón, auriculares, pantalla (si portátil < 15”).
Compensación bruta: 20€/mes.
Lugar El domicilio habitual o una segunda residencia (preavisando con 10 días).
Ambos en territorio nacional.
Presencialidad Preaviso de al menos 48 horas. Si es por causa sobrevenida, se debe acudir en menos de 24h.
Los desplazamientos a la oficina los realiza el trabajador con sus propios medios.


BENEFICIOS SOCIALES

 
ANTICIPOS DE NÓMINA
A cuenta y por la cuantía del trabajo ya realizado durante el mes en curso.

TARJETA DE COMIDA
Para empleados que lo tienen reconocido como beneficio social.
6,50€ por cada día de jornada completa trabajado presencialmente.
Es un salario en especie, cuyo importe no se descuenta de la nómina (no entra en la Retribución Flexible).

RETRIBUCIÓN FLEXIBLE (exención fiscal por el importe total descontado de nómina para este fin)
Guardería Hijos en primer ciclo de Educación Infantil que no cumplan 4 años durante el curso escolar.
Matriculados en centros legalmente autorizados y afiliados a la red Edenred.
Sin límite de gasto (salvo en País Vasco, donde la exención tiene un límite de 1000€/año).
Transporte
(salvo País Vasco)
En transportes habilitados para el pago con tarjeta Edenred.
Máximo de 1500€ anuales y 136,36€ mensuales (11 meses).
Tarjeta de comida En restaurantes que admitan pago con MasterCard.
Máximo de 11€ diarios (9€/día en País Vasco), máximo de 18 días mensuales, máximo de 10 meses anuales.
Seguro médico
(salvo País Vasco)
Para el empleado, cónyuge o pareja de hecho, hijos e hijas.
Exención fiscal por hasta 500€ anuales por asegurado.
A elegir entre Adeslas, Asisa, Mapfre y Sanitas.
Debe tramitarse a primeros de diciembre del año anterior.

PREVISIÓN SOCIAL
Prestación complementaria por incapacidad temporal: hasta completar el 100% del salario durante los 12 primeros meses.


GRADOS DE PARENTESCO

 
PRIMER GRADO
CONSANGUINIDAD:
  • Padres
  • Hijos
AFINIDAD:
  • Cónyuge
  • Hijastros
  • Padrastros
  • Suegros
  • Nueras
  • Yernos
SEGUNDO GRADO
CONSANGUINIDAD:
  • Abuelos
  • Nietos
  • Hermanos
AFINIDAD:
  • Abuelos políticos
  • Nietastros
  • Hermanastros
  • Abuelastros
  • Cuñados
  • Cónyuges de nietos


ACOSO

 
Si crees que tú o alguna otra persona sufre acoso laboral y/o sexual por parte de algún compañero o jefe, puedes acudir a:

20 comentarios:

  1. Anónimo8/2/23 09:28

    Hola disculpad, pero aquí no estáis teniendo en cuenta en ningún momento, la nueva ley de familias que se ha aprobado, verdad? Porque ahora por hospitalizacion de familiar son 5 días. Saludos.

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    1. Hola.

      La ley de familias, de momento, es sólo un proyecto que aún no ha sido debatido en el Congreso de los Diputados y, por lo tanto, aún no ha entrado en vigor.

      Saludos.

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  2. Anónimo8/2/23 11:08

    Gracias, muy completo.
    Podríais especificar ¿en que casos vale y cuales no con pareja de hecho (en vez de cónyuge)?
    Según la plataforma de Retribución flexible/ebenefits; el seguro médico es para cónyuge e hijos y aquí pone que también entra pareja de hecho. ¿Podríais confirmarlo? Me puede interesar

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    1. Hola.

      En la plataforma aparece escrito de las dos formas, en un párrafo especifica la pareja de hecho y en el siguiente dice cónyuge e hijos. Entendemos que la pareja de hecho estará incluida en las cuatro aseguradoras porque la empresa no ha recibido noticia de que alguna pareja de hecho haya sido rechazada.
      De todas formas, la contratación del seguro de salud debe tramitarse siempre a primeros de diciembre del año anterior.

      Saludos.

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  3. Anónimo8/2/23 17:44

    Buenas tardes,
    Muchas gracias por la información
    Quería hacer una pequeña pregunta
    Si tengo cita con el médico de cabecera/especialista dentro de mi jornada laboral y solcito el respectivo justificante.
    ¿Tendría que recuperar ese tiempo o se descuentan de los 2 días de asuntos propios?
    Gracias de antemano
    Un saludo

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    1. Hola.

      Antiguamente esos días se llamaban "para asuntos propios y puentes". No es necesario tener un motivo para cogerlos y se pueden disfrutar por separado o unidos a las vacaciones.

      En cuanto a las citas médicas, se trata de ausencias autorizadas (por eso hay que presentar justificante) pero no retribuidas (por eso hay que recuperarlas).

      Si tú quieres gastar un día de asuntos propios o de vacaciones para ello, la empresa no te va a poner ninguna pega. De hecho, si no justificas tu ausencia, lo que suelen hacer es quitarte directamente un día de vacaciones sin avisarte.

      La opción más sencilla, si puedes, es recuperar ese tiempo que has trabajado de menos, trabajándolo de más en otros días (por ejemplo, media hora cada día hasta completarlo). Tendrás que acordarlo con tu responsable y la empresa, por defecto, supone que esa es la modalidad aplicada.

      Otra opción sería que te descontasen de tu sueldo esas horas no trabajadas, igual que se hace cuando hay huelga. Para ello tendrías que informar a tu responsable de que no tienes que recuperarlas porque te las van a descontar y también tendrás que escribir a RRLL para decirles que te lo repercutan en la nómina.

      Saludos.

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    2. Anónimo9/2/23 09:57

      Buenos días.
      Si tienes un mínimo de flexibilidad en tu puesto/proyecto, lo normal es que cuando se lo comentes a tu superior no te ponga ninguna pega con recuperar ese tiempo a otras horas.
      Respecto a los 2 días de asuntos propios, yo los intento coger lo antes posible y aunque ponga que son por un viaje me los aceptan sin problema.

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  4. Anónimo9/2/23 12:41

    Buenos días y gracias por la información
    ¿Las consultas médicas para hijos entran en "hasta 4 días laborables al año" o solo si estas son enfermedad grave o discapacidad >65%?
    Gracias

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    1. Hola.

      Como bien dices, ese permiso es exclusivamente para enfermedad grave o gran discapacidad.
      El resto de consultas médicas de hijos no se encuentran entre las causas de permisos retribuidos, ni siquiera de ausencias justificadas.

      Saludos.

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    2. Muchas gracias por la respuesta. Sería un buena reindivicación a tener en cuenta, muchos convenios tienen unas horas anuales para esto independientemente de los asuntos propios. Muchos no podemos adaptar nuestro horario y recuperar esas horas posteriormente. Un saludo.

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    3. Hola.
      Tienes toda la razón. Es una de nuestras reivindicaciones históricas y seguiremos insistiendo en ella siempre que tengamos ocasión.
      Saludos.

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  5. Muy bonito de cara a la galería pero me la sensación que algunos jefes y directivos van a aprovechar para estigmatizar a los empleados que intenten acogerse a esos permisos

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    1. Hola.
      Si eso ocurriera estaríamos hablando de un posible acoso laboral. La empresa tiene su propio protocolo para atajarlo, por lo que puedes pedir su activación si te encuentras en una situación de ese tipo.
      Saludos.

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  6. Desde el 2021 que no me hacen una revisión salarial, pero vamos con alegra que tenemos beneficios sociales que no ayudan en nada...

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  7. No recomiendo a nadie trabajar en Inetum. Te dejan olvidado en cliente y cuando ocurre algún cambio importante en la empresa, nadie te informa

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  8. No se supone que para el 2023 íbamos a disfrutar reducciones fiscales sobre el IRPF? Porque nadie está hablando esto? A nuestro departamento no le han realizado ninguna reducción del IRPF!!!

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  9. No sé de que os quejais. Mirad en Linkedin que bien se lo pasan la nobleza de la empresa en eventos y haciendo teambuilding pasandoselo de lujo. Hay que remar mas duro galeotes!

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    1. Totalmente de acuerdo, el departamento de Marketing siempre enviando correos a la plebe de lo bien que vive la nobleza de Inetum

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    2. El postureo más rancio que he visto en mi vida, es como quien hace ver que tiene un Ferrari y se hace un selfie al lado de uno aparcado en el centro comercial. Ahora solo les falta sortear varios iphones entre el personal y que solo les toque a los jefes.

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    3. Anónimo3/3/23 09:03

      Eso de hacer sorteos y que solo ganen los jefes ya ha pasado...

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