Ahora que se acerca el verano y con él las merecidas vacaciones, nos parece interesante darte algunos consejos como beber agua con frecuencia, resguardarte a la sombra, echarte protección solar...
Pero también queremos darte algún consejo laboral para que tanto el trabajo como el descanso te resulten más satisfactorios en este periodo:
VACACIONES
- Recuerda que las vacaciones se deciden de común acuerdo entre empresa y trabajador y que tienes derecho a conocer la fecha de tus vacaciones con dos meses de antelación.
- También te recordamos que deberás disfrutar al menos 10 de tus días de vacaciones en el periodo de jornada de verano (julio y agosto).
- Y, por si los 22 días de vacaciones y 2 de asuntos propios disponibles te resultan escasos, tienes la posibilidad de solicitar hasta 5 días de vacaciones sin retribución o hasta un mes de permiso sin sueldo.
TELETRABAJO SEGUNDA RESIDENCIA
- Si estás pensando en viajar fuera te recordamos que ya está disponible en Talaris la opción de añadir una segunda residencia para el teletrabajo, lo que te permitiría alargar la estancia en tu destino de vacaciones. Para eso es necesario haber formalizado el acuerdo de teletrabajo previamente.
COMPENSACIÓN JORNADA DE VERANO
- Si, por trabajar en cliente y hacer su horario, te quedas sin jornada intensiva de verano, puedes acogerte al acuerdo de compensación vigente en Inetum desde hace años.
ELECCIONES
- Como es posible que las próximas Elecciones Generales te encuentres de vacaciones fuera de tu domicilio, quizá te convenga votar por correo. Tienes hasta el 13 de julio para solicitarlo telemáticamente o presencialmente en cualquier oficina de Correos.
Hola.
ResponderEliminarPara el teletrabajo en segunda residencia te tienen que dar permiso explícito en tu proyecto?
¿La compensación de jornada en verano no se va a actualizar nunca? Es una auténtica basura lo que nos dan por quedarnos por la tarde en verano
Hola.
EliminarPara el teletrabajo en segunda residencia hay que rellenar el formulario de evaluación del puesto de trabajo y tu responsable tiene que aceptarlo. Lo tienes que solicitar con 10 días de antelación a la primera vez que vayas a desplazarte al mismo.
Este verano se mantiene la misma compensación de jornada de verano que el año pasado. Intentaremos que se aumente para el próximo porque tienes razón en que es mejorable.
Saludos.
¿Qué diferencia hay entre "sin retribución" y "sin sueldo"?
ResponderEliminarHola.
EliminarLas vacaciones sin retribución son un permiso reconocido en el Plan de Igualdad de la empresa, se gestionan igual que las vacaciones y son entre 1 y 5 días anuales disfrutables todos juntos o por separado.
El permiso sin sueldo lo reconoce el Convenio de Consultoría y consiste en un único periodo anual de hasta 1 mes de duración o en dos periodos (uno en cada semestre) de hasta 15 días. Durante este permiso se dejan de devengar vacaciones.
Puedes encontrar más información en los enlaces que hay en esta noticia.
Saludos.
En mi opinión creo que es urgente que se actualice la compensación de jornada intensiva. Ni por asomo equivale trabajar todo el verano, todas las tardes por lo que nos pagan... ni gracia tiene, tendría que estar compensado al doble, probablemente nadie cogería eso opcionalmente si pudiera en vez de no trabajar las tardes. También, se podría mejorar la intensiva empezando antes como muchas otras empresas sobre el 15 de Junio. Y ya ni hablemos de proponer la jornada de 4 días ... como se quedan con nosotros encima hacen un phishing para reírse. En fin, poco avanzan las mejoras aquí.
ResponderEliminarLo unico que consiguen es que los empleados desconfien de la empresa.
EliminarNo he seguido leyendo cuando han puesto lo de empleados al azar, hay que ser ingenuo para creérselo, además de no ser las formas de hacer las cosas. Sobre los errores tipográficos ni caso, viendo que suelen mandar correos con faltas de ortografía pues ya no es sorprendente.
ResponderEliminarY para cuando el el nuevo convenio? Y para cuando la subida salarial? Esos son temas que interesan no estas tonterías!!!
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