A las puertas del verano, seguro que ya todos estamos pensando en las vacaciones. Por eso aprovechamos para recordar algunas cuestiones prácticas:
- Las vacaciones se deciden de mutuo acuerdo, no las decide la persona trabajadora unilateralmente (te las tienen que aprobar), pero tampoco la empresa te puede obligar a gastarlas cuando ella quiera.
- Sí te pueden obligar a disfrutar 10 de tus días de vacaciones entre julio y agosto, pero no más.
- Tienes derecho a conocer los días exactos de vacaciones con dos meses de antelación, por lo que te aconsejamos que las solicites lo antes posible.
- Si los 22 días de vacaciones +2 de asuntos propios se te quedan cortos, tienes la opción de utilizar hasta 5 días más de vacaciones sin sueldo o, incluso un mes sin sueldo (aunque esta última opción te descontaría 2 de tus días de vacaciones anuales).

Queremos otro ERE, por favor, que ahora ya tenéis experiencia en analizar documentación
ResponderEliminarY que vaya a la mesa negociadora el topo que hay entre comentarios anónimos, que es muy espabilado
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