26 junio 2026

Compensación verano 2026


Un año más llega el periodo de jornada intensiva, pero no para todo el mundo.

Hay personas que están desplazadas en cliente (aunque sea teletrabajando) y tienen la obligación de cumplir con el horario del mismo. Si éste no contempla la jornada de verano, se quedan sin disfrutar de esta ventaja.

Para estos casos existe el acuerdo de Compensación por la pérdida de la jornada intensiva de verano. Este acuerdo heredado de la época de GFI  se renueva automáticamente cada año, a no ser que se renegocie. Precisamente eso es lo que se hizo con la fusión y la creación de la nueva Inetum y, aprovechando que UGT ya no era mayoritario en la empresa resultante, se aprobó una nueva versión sustancialmente empeorada.

Desde entonces UGT continúa intentando mejorarlo, para lo que al inicio de cada año hacemos una batería de propuestas con la intención de mejorar la tabla de días y la cantidad en dinero y recuperar del acuerdo original, que la modalidad de compensación la elija el trabajador y que además se incluyan las jornadas continuas.

Las condiciones para 2026 son las siguientes:

  • La empresa decide para cada proyecto si se le aplica la compensación en dinero o en tiempo de descanso.
  • Si es en dinero, se abonarán 22€ brutos por cada día sin jornada intensiva.
  • Si es en tiempo de descanso, se aplicará la siguiente tabla:
  • Nº de días de no realización jornada intensivaNº de días de descanso compensatorio
    de 0 a 3-
    de 4 a 121
    de 13 a 222
    23 o más3
  • Por cada día trabajado presencialmente en jornada partida se proporcionará un tique restaurante de 7,50€.

Si estás en esta situación, te aconsejamos actuar de la siguiente manera:

  1. Escribe a tu responsable avisándole de que tu cliente tiene jornada partida en verano por lo que te tendrán que aplicar el acuerdo de compensación y pregunta qué modalidad aplican en tu proyecto. Según RRHH, el responsable tiene potestad para ajustar la modalidad a las preferencias de cada trabajador, por lo que puedes intentar que lo cambie si te conviene más la otra opción.
  2. Si vas a trabajar presencialmente algún día, pide que te gestionen la asignación de los tiques restaurante correspondientes.
  3. Lleva un registro de los días que trabajes en jornada partida.
  4. Al finalizar agosto, echa la cuenta del dinero/días que te corresponden y escribe de nuevo a tu responsable explicándole tus cuentas y reclamándole que gestione tu compensación.

Si tienes algún problema, no dudes en contactar con nosotros para que intentemos mediar.

17 comentarios:

  1. Para muchos la compensación ha sido un despido por motivos aún desconocidos, esperando respuesta de un sindicato incompetente.

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  2. Hola, para los que trabajamos en cliente, como pedimos la asignación de los tiques restaurante correspondientes a los días que estemos con la jornada partida?

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    1. Hola.
      Todo lo tienes que gestionar a través de tu responsable.
      Saludos.

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    2. Creo que tendría que ser mas sencillo que pedírselo a un responsable, debería estar en algún apartado, como las vacaciones, nominas, etc y que el responsable autorizara o no y el motivo. Si tengo que gestionarlo con el responsable ya me puedo ir olvidando. Saludos.

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    3. Hola.
      Si ves que te dan largas o que te ponen alguna pega, escríbenos a ugtinetum@gmail.com e intentaremos mediar.
      Saludos.

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  3. Si el horario en el cliente por el verano es de 7 a 15hs, es decir 8 hs diarias (en lugar de 7, sin horario de comida) corresponde compensación? Es sin desplazamiento.

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    1. Hola.
      Solo es para jornadas partidas (con parada para comer).
      Saludos.

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    2. Pero me refiero a la jornada de verano, no a la jornada partida.
      Es decir, cortaremos a las 15, pero de todos modos estaremos trabajando 8 hs en lugar de 7, porque nos conectaremos a las 7 am por contrato con cliente. Corresponde compensación por esa hora diaria durante el verano?

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    3. Hola.
      No. Si en verano haces jornada continuada no entras en el acuerdo de compensación. No obstante, si al cabo del año superas las 1773 horas de trabajo (descontando las vacaciones, festivos y asuntos propios), puedes pedir que te den ese exceso en días de descanso.
      Saludos.

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  4. Buenas,
    Si en lugar de requerirte en cliente por tener jornada partida, te requieren porque hay necesidad de hacer horas extras (por la carga de trabajo),
    ¿Cómo debemos proceder? Entiendo que en este escenario, no corresponde compensación por "no disfrutar la jornada intensiva", si no que se tendrá que compensar como hora extra, ¿no?
    En este caso, ¿podemos negarnos a trabajar fuera de la jornada intensiva?
    Gracias, saludos.

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    1. Hola.
      Si ese no es el horario que hacen los trabajadores contratados por el cliente, se trataría de horas extraordinarias, que pueden compensarse en tiempo o en dinero. El mínimo sería 1:45 hora de descanso por cada hora trabajada de más ó el precio de tu hora ordinaria de trabajo. Pero ese es el mínimo. Como las horas extra son de ejecución voluntaria, puedes negociar una compensación mayor e incluso negarte a hacerlas si lo que te ofrecen a cambio no es suficiente para ti.
      Saludos.

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  5. Anónimo2/7/26 12:41

    Buenas,
    ¿Y si, alegando "motivos del servicio" y que hay que cubrir a los compañeros de vacaciones (aunque el propio servicio es el que dicta cuándo nos podemos ir de vacaciones) nos cambian la modalidad del trabajo de teletrabajo a presencial (normalmente tenemos 3 días de teletrabajo a la semana), ¿Podemos quejarnos de alguna forma o pedir algún tipo de compensación?
    Muchas gracias.

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    1. Hola.
      La ley permite que tanto la empresa como tú revoquéis el teletrabajo sin ninguna explicación, ya que es un pacto entre las dos partes. Eso sí, según el protocolo firmado en la MERL, tienen que preavisarte con 21 días naturales de antelación si van a hacerte ir presencial siempre.
      Si únicamente te cambian la presencialidad de algún día para atender a actuaciones planificadas, el preaviso debe ser de 48 horas.
      Saludos.

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  6. Anónimo6/7/26 08:20

    Buenas, ¿Sabéis si hay algún lugar donde esté esta información para pasárselo a mi responsable? En la intranet de Inetum no he conseguido encontrar el documento sobre la Compensación verano 2026
    Gracias.

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    1. Hola.
      Todavía no está subido en MyInetum, aunque esperamos que lo esté a lo largo de esta semana. Lo que puedes ver de momento (En "Mi día a día") son las condiciones de 2024, que son muy parecidas.
      Saludos.

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  7. Una consulta cuando finalice agosto entiendo que tenemos que escribir a nuestro responsable indicándole las cuentas. Pero cuanto tiempo debemos aproximadamente esperar una resolución. Lo digo por si hay silencio administrativo por parte del responsable. (Ya lo ha sugerido alguien en los comentarios que seria mejor que esto fuera como la aprobación de vacaciones y que se hiciera por la aplicación). Un saludo.

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    1. Hola.
      En principio deberías tener la compensación (tanto si es en días como en dinero) a finales de septiembre. Si, llegado el día 15, no has recibido ninguna respuesta de ningún tipo, escríbenos para que podamos acudir a RRLL a reclamar información de tu caso.
      Saludos.

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