Ya tenemos las nuevas condiciones del acuerdo de compensación por la pérdida de la jornada de verano, que aplica a las personas que no pueden hacer jornada intensiva en julio y agosto por estar desplazados en un cliente cuyo calendario no la contempla.
Tras más de diez meses de espera, por fin la empresa se ha decidido a dar una respuesta a la propuesta de mejora que hicimos en octubre del año pasado. La compensación en dinero aumenta un 10% pasando a ser de 22€/día.
Te recordamos los pasos a dar para acogerte al acuerdo:
- Cuenta el número de días que vas a trabajar en jornada partida durante los meses de julio y agosto (las vacaciones no cuentan, claro).
- Escribe a tu responsable explicándole tus cuentas, pidiéndole que te gestione los tickets de restaurante para los días presenciales y preguntándole si tu proyecto va a recibir la compensación en dinero o en tiempo de descanso, y cuánto te va a corresponder a ti.
- A finales de agosto, vuelve a escribir a tu responsable para que te confirme qué compensación vas a recibir y cuándo se va a hacer efectiva.
- Comprueba que su respuesta se corresponda con lo que establece el acuerdo de compensación.
- Si te ponen alguna pega, escríbenos para que podamos intentar mediar.
El nuevo acuerdo, firmado por la empresa y los cuatro sindicatos de la MERL, lo tendréis disponible en las próximas semanas en el portal MyInetum.
Debemos felicitarnos por haber conseguido un cambio, aunque sea menor de lo deseado.
Sin embargo, hemos echado de menos abrir un periodo de negociaciones. Lección aprendida, para próximas ocasiones consideramos necesario marcar un calendario de reuniones estableciendo los plazos de respuesta de la empresa.
Y si no son los 22 días, que días de descanso corresponden? Hay alguna mejora o seguirán siendo 3 días como mucho?
ResponderEliminar22 euros quería decir
EliminarHola.
EliminarDesgraciadamente no ha habido mejora en este aspecto.
Saludos.
Cual se supone que es la jornada de verano?
ResponderEliminarHola.
EliminarEn el calendario laboral de tu centro de trabajo, que puedes consultar en MyInetum, está indicado el periodo y horario de jornada intensiva de verano.
Saludos.
Si el cliente no tiene jornada partida pero son 8h seguidas como lo gestionamos?
ResponderEliminarEl año pasado nos quitaron de un plumazo esa compensación por hacer 8h sin ser jornada partida.
EliminarHola.
EliminarSi el exceso lo realizas en jornada continua (sin parada para comer) no entras en el acuerdo de compensación.
Tendrás que hacer la suma de horas que trabajas en el mes y compararla con las que trabajarías siguiendo el horario de Inetum. El exceso mensual tendrás que reclamarlo como horas extraordinarias.
Saludos.
Buenas. A partir de enero de 2025, cuando se implemente la reducción de jornada pero los que estamos en el cliente estamos obligados sí o sí a realizar 40 horas, nos van a subir el sueldo para compensar?
ResponderEliminarHola.
EliminarTodavía no está aprobada la reducción a la que haces referencia pero, cuando lo esté, afectará a todas las empresas, también al cliente en el que estás trabajando.
Saludos.
es de obligado cumplimiento? quiero decir, si no me interesa la compensacion, puedo acogerme a mi jornada intensiva? aun estando en cliente?
ResponderEliminarHola.
EliminarSi estás en cliente tienes la obligación de cumplir el horario del cliente.
Saludos.
perfecto!!! y si el cliente tiene y disfruta de jornada intensiva, que hacemos nosotros aqui entonces? no lo entiendo
EliminarHola.
EliminarA no ser que estés en régimen de turnos, legalmente solo existen dos horarios: el de Inetum y el del cliente.
El Convenio Colectivo especifica muy claramente cuál te tienen que aplicar: si estás desplazado en cliente, haces el mismo horario que los trabajadores del cliente y, si no estás desplazado en cliente, haces el horario de Inetum.
Cualquier otro horario no es legal, aunque podría aplicársete si alcanzaras con la empresa un acuerdo por el que lo considerases conveniente para ti porque te supusieraa algún tipo de contraprestación.
Saludos.
Esto pasa mucho, al final no haces el horario del cliente, haces el horario que el cliente quiere y que siempre suele ser peor que el suyo, como comenta el compañero, clientes que disfrutan de su jornada de verano, pero los externos se tienen que quedar por las tardes.
Eliminar@UGT, echarle un vistazo, cliente Mapfre, ya teneis mas datos, espero vuestra respuesta al respecto, aqui se hace jornada completa y el cliente tiene jornada intensiva de 8 a 15 h
EliminarHola.
EliminarNuestra respuesta es que nosotros no somos la judicatura ni la policía, que tienen acceso a toda la información necesaria para investigar los delitos. Lo mejor sería que os pusierais de acuerdo todos los del proyecto para reclamárselo a la empresa. Háblalo con tus compañeros y, si queréis, podemos reunirnos por teams con vosotros para hablarlo. Si la empresa no os hace caso, podéis acudir a nosotros para que intentemos mediar y, si tampoco así se consigue nada, vuestro siguiente paso sería acudir a la Inspección de Trabajo.
En cualquier caso, el blog no es el lugar para resolver estos temas. Escríbenos al email y lo hablamos.
Saludos.
Aclarado!! mirais para otro lado, como siempre, dejaros de tanto comunicado, que no sirve para nada, y os deja en evidencia
EliminarHola.
EliminarNuestra intención no es mirar para otro lado, sino ayudarte en lo que podamos. Escríbenos al correo y haremos todo lo que esté en nuestra mano.
Saludos.
Hola,
ResponderEliminarDebido al cliente donde estoy, no tenemos jornada intensiva. Se puede elegir que tipo de compensación obtener?
Gracias!
Hola.
EliminarLamentablemente, no. Es la empresa la que decide la modalidad de compensación que aplica a cada proyecto.
Saludos.
Hola,
ResponderEliminarCon que antelación ha de comunicar la empresa (tu responsable directo de inetum) la pérdida de la jornada reducida de verano en el caso de que el cliente no la tenga?
Hola.
EliminarEl sentido común dice que deberían haberte avisado cuando entraste en el cliente y te contaron sus horarios, pero legalmente no hay establecido ningún plazo de preaviso.
Saludos.
Hola, si no me dicen el horario al entrar al cliente y me avisan de un dia para otro, no tengo mas remedio que aceptarlo? O me puedo negar?
EliminarHola.
EliminarNegarte no puedes, ya que no hay ningún plazo legal que hayan incumplido. Si quieres, escríbenos al email contándonos los detalles de tu situación, para que podamos trasladárselo a RRHH e intentar que busquen alguna solución.
Saludos.
Hola tengo dudas, ya que no se indica el acuerdo completo, ni soy capaz de encontrarlo en la Web de Inetum, podeis adjuntarlo o mandar el link?
ResponderEliminarComo queda el tema de la compensación economica de la comida, misma cantidad? Solo para trabajadores presenciales?
Sobre el tema de elegir días de compensación o dinero, cual es la tabla?
Entiendo que si es dinero son Diasx22€, sean 20 o 40 dias, verdad?
Pero si es en tiempo, sigue habiendo un maximo de 3 días aunque trabajes sin jornada intensiva mas de 22? Misma tabla del año pasado? Podeis ponerla?
Por ultimo, sobre la posibilidad de elegir, hasta donde recuerdo antes el empleado podia elegir tiempo o dinero de compensación, si habia acuerdo con el responsable era eso, y si habia desacuerdo, se hacia mitad y mitad, como queda eso?
Hola.
EliminarComo se comenta en la noticia, el único cambio con respecto al año pasado es el aumento en la compensación con dinero. Todas las demás condiciones (tabla de compensación en tiempo con un máximo de 3 días, tickets restaurante solo para los días presenciales, tiempo o dinero a elección de la empresa...) se mantienen igual.
La elección por parte del empleado es algo que intentamos recuperar este año pero no ha sido posible, sigue siendo la empresa la que decide si te da tiempo o dinero y no hay opción intermedia.
El acuerdo completo lo puedes consultar en el portal MyInetum: People - Laboral - Jornada y Calendario laboral - Compensación pérdida jornada intensiva.
Saludos.
Buenos días, a día de hoy después de que nuestro responsable haya tramitado todo para la compensación, aun no hemos recibido nada, ni tan solo una respuesta. Saludos
ResponderEliminar¿Sabéis si se renovará para este año 2025?
ResponderEliminarHola.
EliminarEstamos negociándolo y precisamente se ha retrasado su aplicación porque estamos intentando introducir alguna mejora. Avisaremos cuando haya algo definitivo.
Saludos.
Buenos días,
ResponderEliminarEn el portal no aparece la ruta que indicábais, para acceder al acuerdo: en el portal MyInetum: People - Laboral - Jornada y Calendario laboral - Compensación pérdida jornada intensiva. Por favor, informadnos cuando sepáis algo más de este tema y si sabéis dónde está publicado el acuerdo.
Muchas gracias,
Hola.
EliminarTienes razón. Este año ha cambiado MyInetum y alguna información se encuentra en otras ubicaciones, algunas bastante poco intuitivas.
En concreto tendrás que ir a People - Mi día a día.
Una vez ahí, entra en Nuestro tiempo de trabajo, vacaciones y permisos.
En esa página, antes del calendario laboral, tienes el acuerdo de "Compensación por la pérdida de la jornada intensiva de verano".
Ese acuerdo es el de 2024 y se prorroga automáticamente por lo que, si la negociación para añadir alguna mejora en 2025 no fructifica, se mantendrán las mismas condiciones del año pasado.
Saludos.
No veo publicado ningun documento sobre compensación de NO jornada intensiva en 2025, se ha tratado este tema desde el COMITE? Debemos asumir que va a ser el mismo acuerdo que en 2024, que 2023, que 2022 ... y asi sucesivamente con un incremento de nuevo del 0%.
ResponderEliminarO si no lo hay ... como reclamamos los empleados estos dias de julio-agosto que no hemos podido tener jornada intensiva?
Me autorespondo leyendo el acuerdo de 2024, punto CUATRO, y entendiendo que desde el COMITE de empresa no se ha denunciado/reclamado un cambio en la fecha indicada y habiendo pasado 6 meses desde entonces
EliminarCUARTO.- El presente acuerdo será de aplicación desde el día 1 de enero de 2024 hasta
el 31 de diciembre de 2024, prorrogándose tácitamente por períodos anuales si cualquiera
de las partes no lo denuncia antes del 28 de febrero del año siguiente
Hola.
EliminarComo bien dices, el acuerdo de 2024 se prorroga automáticamente, por lo que en 2025 las condiciones serán en principio las mismas del año pasado.
Es cierto que hemos estado varios años sin que cambien las condiciones pero precisamente en 2024 se subió un 10% la compensación en dinero.
El motivo por el que no hemos dado información sobre las condiciones de 2025 es porque hemos estado negociando más mejoras y aún no se ha alcanzado un acuerdo.
Os informaremos cuando haya algo definitivo.
Saludos.
Hola, creo que esta información no es correcta... o al menos es sesgada.
EliminarAntiguamente se podia elegir cobrar o tiempo, el tiempo es el mismo y el cobrar supongo que sera 20e por dia sin jornada intensiva.
A partir de 2022/23/24 ya no se puede elegir (perdida de derecho/elección), es lo que diga la empresa... que al menos en el departamento donde yo trabajo siempre elige compensar en tiempo, supongo que habrá algún caso (igual teneis información en el seguimiento que realizais desde el COMITE) que le den dinero y en ese caso si de 20 a 22. En resumen se cambiaron derechos a cambio de 2 euros (10%) que en los casos que yo conozco no aplican.
Y respecto a la dieta de comida, que en mi opinión deberia estar en 11 euros conforme a la politica de beneficios flexibles, se queda en 6.5e que si no me equivoco es lo mismo que hasta 2022, en tal caso subida 0.0%.
Y una reflexión sobre la compensación de la dieta... alguien puede comer en restaurante... por 6,5 euros? Entonces que se compensa?