27 octubre 2023

Cómo cambiar de categoría

Con la entrada en vigor del XVIII Convenio TIC ha cambiado la clasificación profesional. En algunos casos, la empresa ha aplicado en las nóminas de septiembre estos cambios. Te aconsejamos consultar en el Artículo 15 la definición de las Áreas de Actividad, los Grupos Profesionales y Niveles, para asegurarte de que te hayan situado en el área que te corresponde según el trabajo que realizas (lo normal es que haya habido movimientos de las áreas 1 y 2 al área 3, pero el movimiento inverso solo se podría dar en casos muy especiales).

Si consideras que el cambio no es el que te corresponde, puedes solicitar por escrito a Relaciones Laborales y a tu responsable que lo revisen, indicando los motivos.

Además, el Artículo 18 del Convenio Colectivo indica que el trabajador o trabajadora que realice tareas de una categoría superior durante un periodo mayor de seis meses, consecutivos o no, podrá reclamar el cambio de categoría.

El grupo profesional tiene en cuenta más que las cualidades, titulación, experiencia, idiomas, etc. propias del trabajador o trabajadora, las características del puesto de trabajo que se va a desempeñar: tareas, responsabilidades, dedicación necesaria, conocimientos requeridos, etc.

El nivel, dentro del grupo profesional, se aplica en función de la experiencia, autonomía, supervisión e iniciativa del trabajador en su puesto.

Si consideras que tu grupo profesional o nivel no es el que te corresponde, puedes solicitar el cambio por escrito a Relaciones Laborales y a tu responsable, especificando claramente los motivos (mayor responsabilidad, mayor autonomía, cualificación, experiencia, formación, logros, etc) y el nuevo grupo-nivel que deberías tener.

También es posible que lleves años haciendo el mismo trabajo y que ahora te des cuenta de que no se corresponde con el área, grupo y nivel al que estás adscrito. En ese caso, también puedes pedir que te reclasifiquen y te asignen la categoría correcta.

Categorías AD PERSONAM. Estas categorías sustituyeron en el anterior convenio a las de TITULADO MEDIO, TITULADO SUPERIOR y DELINEANTE, que desaparecían con la nueva clasificación. Así, las personas que estaban asignadas a las mismas las mantenían a título personal, aunque son categorías muertas que no tienen posibilidad de progresión profesional al estar fuera de los nuevos grupos y niveles. Si te encuentras en este caso, lo único que puedes hacer es intentar que la empresa te meta dentro de una de las categorías activas.

En tu nómina se tienen que adecuar el salario base, plus convenio y antigüedad, según las tablas salariales del Convenio para la nueva categoría, pero, si tienes complemento absorbible (a cuenta convenio o mejora voluntaria), puede que tu salario neto no varíe por efecto de la cláusula de compensación y absorción. Si es así, podrías solicitar aparte una actualización de tu salario neto, bien mediante la no absorción de la subida por las tablas del Convenio o bien aumentando tu complemento de mejora voluntaria o a cuenta convenio.

El grupo de cotización es otro concepto que aparece en la nómina. Hay 11 grupos de cotización existentes en la actualidad, con una horquilla entre las bases mínimas y máximas muy amplia, por lo que es muy probable que tu grupo de cotización no cambie.

Si ves que la empresa tarda mucho o te deniega el cambio, puedes contactar con nosotros para que intentemos mediar.

15 comentarios:

  1. Hola, es bastante complejo de entender para los neofitos como es mi caso. En el post comentáis la probabilidad de cambio de áreas 1 y 2 a 3. En mi caso he pasado de 3 a 4. ¿Debo preocuparme?. Un saludo.

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    1. Hola.
      El área 3 del anterior convenio incluía sistemas, desarrollo y consultoría.
      En el nuevo convenio se ha creado la nueva área 4 de consultoría, desgajándola del área 3. Si tu trabajo no consiste en desarrollo ni sistemas, sino en hacer consultoría, el cambio es correcto y no debes preocuparte, ya que las tablas salariales de esta nueva área son algo superiores a las del área 3.
      Saludos.

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  2. La empresa o no contesta, o te dice que no tienes razón y punto. Y el grupo y nivel que han asignado en mi colectivo depende de la cantidad de dinero que tenías en compensables y absorbibles, independientemente de las funciones, tareas, supervisión. Todos los que nos hemos quedado sin compensables estamos en Area2 E1 (la mas baja) con experiencia de 20 años, a los que les queda algo de compensables Area2 D2 (aunque realizamos exactamente las mismas funciones), y ni te cuento a los responsables/coordinares, otro cachondeo. Pero nada ... todo muy bien. Os lo dije en otros comentarios, la gente no se atreve a denunciar, o ya está harta de excusas. Deberíais ser vosotros los sindicatos, el comité de empresa, etc, los que pidáis explicaciones a la empresa. Pero nada, yo después de hablar con los sindicatos, y las excusas que dais ya veo que no se hace nada.

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    1. Hola.
      Desconocemos quién eres ni si has hablado con nosotros para que intentemos mediar en tu problema, ni si solo te hemos dado excusas.
      No entendemos por qué dices que no hemos pedido explicaciones a la empresa, si no hemos dejado de hacerlo durante este mes. Lo que no podemos hacer es exigir un cambio de categoría en global, porque el propio convenio especifica que es cada puesto de trabajo el que determina el área al que ha de adscribirse (hay personas que sí están bien encuadradas en el área 2 porque su trabajo es puramente de CAU o en el área 1 porque las tareas que realizan son auxiliares o de administración).
      Hemos conseguido revertir varios casos con la empresa y, si nos escribes por email, es posible que también el tuyo.
      Saludos.

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  3. Compi sino se atreve a denunciar se debe canalizar todo por el sindicato y en caso que haya muchos casos debemos de gestionar procesos de manifestarnos ante los responsables, no basta solo con quejar os por aquí hay que tomar más acciones

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  4. Resumen: aprovechan un posible vacío ya que todavía no hay jurisprudencia.

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  5. Buenos días. a mi me han cambiado la categoría rebajándomela y después de un mes peleando con rrhh y mi responsable y dando alegaciones y evidencias de lo que hago y viniendo de una subrogación además en la que llevaba mas de 12 años en mi categoría. he recibido la negativa por parte de la empresa a aplicarme lo que me corresponde. les he escrito a ustedes por mail con el hilo de todo lo acontecido. a ver si me pueden ayudar por favor. Muchas gracias.

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    1. El término “Usted” para dirigirse a unos compañeros?

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    2. Se ríen de todos nosotros a nuestra cara, lo tuyo es otra prueba de ello

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    3. Hola, TOMEK.
      Hemos recibido tu correo y vamos a discutirlo con la empresa.
      Saludos.

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    4. Muchas Gracias... aclarar que el termino "Usted" es simplemente educación. hablo a diario con compañeros, Jefes, responsables etc etc y estoy acostumbrado a tratar de usted. hoy en día hay que dar explicaciones hasta por respirar. :-)

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    5. También indica distancia. Por eso sorprende que dentro del mismo entorno laboral alguien lo utilice.

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    6. Yo soy sincero, todas las dudas que he solicitado a este comité, me las han resuelto con solvencia

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  6. Hola, a mi también me han movido de categoría 3 a 4, al realizar labores de consultoría, en la nómina he observado que concretamente soy área 4 E1, dentro de este área, ¿Cómo sé si me corresponde algo superior al grupo E1?
    Gracias.

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    1. Hola.

      En el cambio de área deben conservarte el grupo y nivel que tenías anteriormente. Si en la nómina de agosto tenías Área 3, Grupo E, Nivel 1, tu nueva categoría área 4 E1 sería la correcta.

      Otra cuestión diferente es que consideres que te deberían ascender porque tu trabajo lo llevas a cabo con autonomía y sin supervisión (el grupo E es para tareas de baja complejidad, sin autonomía y con supervisión). Busca en el artículo 15 del XVIII Convenio TIC el grupo y nivel en el que crees que tu puesto encaja mejor.

      Saludos.

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