30 julio 2021

Baile de nóminas

En los últimos meses las personas que han estado de baja han podido tener problemas con el cálculo de sus nóminas. Algunas han cobrado de menos en la nómina ordinaria, otras en la de la paga extraordinaria... pero casi todas ellas se han visto afectadas negativamente.

Hay que recordar que, según el Convenio Colectivo de Consultoría, las empresas complementarán la prestación por incapacidad temporal hasta el 100% del salario. Esto significa que, aunque la Seguridad Social te paga durante la baja menos de lo que cobras normalmente, la empresa pone la parte necesaria para que la cuantía de tu nómina no se vea modificada.

De cualquier modo os animamos a consultar habitualmente vuestros recibos para lo que os explicamos Cómo leer la nómina.

Hemos consultado a Recursos Humanos sobre esta circunstancia por si hubiera habido un intento de cambiar de criterio en este sentido.

Su respuesta ha sido tranquilizadora, no ha habido ningún cambio en los parámetros de cálculo de Incapacidad Temporal. Simplemente la aplicación tenía un error que ha dado lugar a la disminución de la cantidad ingresada. Siendo conscientes del problema, ya se ha resuelto en la herramienta para las siguientes nóminas y se han comprometido a solventarlo en los próximos días haciendo el ingreso de la parte restante. Además nos consta que hay personas a las que ya les han devuelto lo que les correspondía.

Igual que en otras ocasiones nos quejamos de algunas actuaciones de la empresa, en este caso tenemos que agradecer al departamento de Nóminas la diligencia en la solución y la disposición para explicarnos con transparencia lo ocurrido.



2 comentarios:

  1. Anónimo2/8/21 10:04

    No solamente a los de baja, se me ha recortado nómina este mes de Julio sin estar de baja.

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  2. Hola.
    Consulta tu recibo de nómina y compáralo con otros anteriores para ver dónde está la diferencia.
    Es posible, por ejemplo, que te haya aumentado el porcentaje de retención del IRPF debido a un recálculo que todas las empresas están obligadas a hacer para que a final de año la cantidad retenida se ajuste al máximo al impuesto real que has de pagar.
    Cuando tengas identificada la diferencia, es el momento de preguntar a rrll (si quieres, también puedes escribirnos a nosotros y te intentaremos echar una mano).
    Saludos.

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