Hola. Estas tablas salariales son las que marca el convenio e indican el mínimo del que ninguna empresa puede bajar. La realidad es que están por debajo de lo que se paga en GFI y de lo que se paga en general en el sector.
Hola, en mi nómina figuro como área 1 D1 y estoy cobrando 840 de SALARIO BASE, 60 de PLUS CONVENIO, 250 de plus puesto y 450 de A Cuenta Conceptos Conv. Tengo título de grado superior. ¿Pueden por favor ayudarme a saber si me encuentro dentro de la cantidad y rango correctos por favor?
La categoría profesional no depende de la titulación académica sino de las tareas que realizas en tu trabajo. Lo primero que tienes que mirar es si estás profesionalmente bien clasificado. Para eso, consulta el artículo 15 del Convenio Colectivo, donde se explican las actividades que corresponden a cada grupo profesional y nivel dentro de cada área. Si crees que tu clasificación no es correcta, haz una reclamación por escrito a RRLL y haznos llegar una copia para que podamos hacer seguimiento de la misma.
En cuanto a la cuantía de la nómina, si multiplicamos tus conceptos por las 14 pagas que recibes al año, quedarían 11760€ de Salario Base y 840€ de Plus Convenio (ligeramente superiores a los 11750,91€ y 823,04€ de las tablas). Por ese lado, sí estás cobrando bien. También hay que tener en cuenta el Salario Mínimo Interprofesional que acaban de aprobar la patronal, los sindicatos y el gobierno. En total cobras 1600€ brutos al mes, que están claramente por encima de los 950€ del nuevo SMI. En definitiva, sí cobras lo correcto.
Buenos días, agradezco que siempre estén disponibles para nosotros y nuestras dudas. Me encuentro de baja por indicación médica y necesito conocer cómo se nos debería compensar. En un principio la baja es por 15 días. Que porcentaje de la remuneración debería cobrar? De cuánto se hace cargo la Segurdad Social? Correponde que la empresa se haga cargo del resto o sólo percibiría un porcentaje de lo que cobro habitualmente? Gracias!
Hola. Estamos encantados de ayudar a nuestros compañeros, creemos que la mejor manera de progresar todos es que nos apoyemos unos a otros.
Si la baja médica no es por accidente laboral ni enfermedad profesional, la Seguridad Social te pagará el 60% de tu salario desde el día 4º al 20º. Desde el 21º hasta el año, te pagará el 75%. Según el artículo 26.2 del Convenio Colectivo de Consultoría, la empresa completará dicha prestación hasta el 100%. En GFI te complementan hasta el 100% también de los primeros días de la baja.
En resumen, la cuantía de la nómina habrá de ser la misma, pero en ella cambiará la distribución entre los distintos conceptos.
Buenos días. En enero y febrero mi remuneración fue menos que el año pasado siendo que mi bruto no ha variado; me han aumentado el porcentaje de IRPF (ese es el motivo). Me respondieron de RRLL que han ajustado el porcentaje en toda la compañía. Es esto así? Porqué se aumenta si el bruto no varía?
Puede ser que en 2019 hayas tenido alguna remuneración añadida (por horas extra, por guardias, por un bono...) y Hacienda obliga a las empresas a recalcular las retenciones en Enero, haciendo la suposición de que en 2020 vas a cobrar lo mismo que el año anterior. Si ese es tu caso, ahí estaría la razón del aumento en la retención del IRPF. Si con el transcurso de los meses (en verano, por ejemplo) se ve que realmente cobras menos, podrías pedir que te regularicen para que la retención sea menor. Si no, Hacienda te devolvería en tu liquidación del IRPF lo que se te hubiese retenido de más.
Si quieres contarnos tu caso particular con más detalle, puedes mandarnos un email (ugtgfi@gmail.com) con todos los datos.
Estas tablas salariales están muy por debajo de lo que pagan otras empresas...
ResponderEliminarHola.
EliminarEstas tablas salariales son las que marca el convenio e indican el mínimo del que ninguna empresa puede bajar.
La realidad es que están por debajo de lo que se paga en GFI y de lo que se paga en general en el sector.
Hola,
ResponderEliminaren mi nómina figuro como área 1 D1 y estoy cobrando 840 de SALARIO BASE, 60 de PLUS CONVENIO, 250 de plus puesto y 450 de A Cuenta Conceptos Conv. Tengo título de grado superior.
¿Pueden por favor ayudarme a saber si me encuentro dentro de la cantidad y rango correctos por favor?
Gracias y saludos,
Hola.
EliminarLa categoría profesional no depende de la titulación académica sino de las tareas que realizas en tu trabajo.
Lo primero que tienes que mirar es si estás profesionalmente bien clasificado. Para eso, consulta el artículo 15 del Convenio Colectivo, donde se explican las actividades que corresponden a cada grupo profesional y nivel dentro de cada área. Si crees que tu clasificación no es correcta, haz una reclamación por escrito a RRLL y haznos llegar una copia para que podamos hacer seguimiento de la misma.
En cuanto a la cuantía de la nómina, si multiplicamos tus conceptos por las 14 pagas que recibes al año, quedarían 11760€ de Salario Base y 840€ de Plus Convenio (ligeramente superiores a los 11750,91€ y 823,04€ de las tablas). Por ese lado, sí estás cobrando bien.
También hay que tener en cuenta el Salario Mínimo Interprofesional que acaban de aprobar la patronal, los sindicatos y el gobierno. En total cobras 1600€ brutos al mes, que están claramente por encima de los 950€ del nuevo SMI.
En definitiva, sí cobras lo correcto.
Buenos días,
ResponderEliminaragradezco que siempre estén disponibles para nosotros y nuestras dudas. Me encuentro de baja por indicación médica y necesito conocer cómo se nos debería compensar. En un principio la baja es por 15 días. Que porcentaje de la remuneración debería cobrar? De cuánto se hace cargo la Segurdad Social? Correponde que la empresa se haga cargo del resto o sólo percibiría un porcentaje de lo que cobro habitualmente?
Gracias!
Hola.
EliminarEstamos encantados de ayudar a nuestros compañeros, creemos que la mejor manera de progresar todos es que nos apoyemos unos a otros.
Si la baja médica no es por accidente laboral ni enfermedad profesional, la Seguridad Social te pagará el 60% de tu salario desde el día 4º al 20º. Desde el 21º hasta el año, te pagará el 75%.
Según el artículo 26.2 del Convenio Colectivo de Consultoría, la empresa completará dicha prestación hasta el 100%.
En GFI te complementan hasta el 100% también de los primeros días de la baja.
En resumen, la cuantía de la nómina habrá de ser la misma, pero en ella cambiará la distribución entre los distintos conceptos.
Buenos días. En enero y febrero mi remuneración fue menos que el año pasado siendo que mi bruto no ha variado; me han aumentado el porcentaje de IRPF (ese es el motivo). Me respondieron de RRLL que han ajustado el porcentaje en toda la compañía. Es esto así? Porqué se aumenta si el bruto no varía?
ResponderEliminarHola.
EliminarEn principio no debería haber cambiado nada.
Puede ser que en 2019 hayas tenido alguna remuneración añadida (por horas extra, por guardias, por un bono...) y Hacienda obliga a las empresas a recalcular las retenciones en Enero, haciendo la suposición de que en 2020 vas a cobrar lo mismo que el año anterior. Si ese es tu caso, ahí estaría la razón del aumento en la retención del IRPF. Si con el transcurso de los meses (en verano, por ejemplo) se ve que realmente cobras menos, podrías pedir que te regularicen para que la retención sea menor. Si no, Hacienda te devolvería en tu liquidación del IRPF lo que se te hubiese retenido de más.
Si quieres contarnos tu caso particular con más detalle, puedes mandarnos un email (ugtgfi@gmail.com) con todos los datos.