25 abril 2025

XIX Convenio: F.A.Q.


Como sabéis el pasado 16 de abril, ha quedado publicado en el BOE el XIX Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública. Las empresas disponen de 2 meses a partir de esta fecha para realizar los cambios. 

Además de las adaptaciones legales oportunas, éstas son las novedades del Convenio: 

  • Vigencia: El convenio tendrá una duración de 3 años, desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027. 
  • Incrementos Salariales Fijos: 4% en 2025, 3% en 2026 y 3% en 2027. Total 10% de incremento salarial durante la vigencia del convenio. 
  • Cláusula de Revisión Salarial: Si el IPC acumulado de los 3 años de vigencia supera el 10%, las tablas salariales de 2028 se incrementarán hasta un máximo de un 2% adicional
  • Aplicación de Incrementos: Tanto los incrementos salariales fijos como la cláusula de revisión se aplicarán a las Dietas, Kilometraje y Compensación por Teletrabajo
  • Nuevo Suelo Salarial: Para el área 3 (Desarrollo de Software, Programación y Explotación de sistemas), el nivel inferior E2 pasará de 15.876€ en 2024 a 17.300€ el 1 de enero de 2025. 
  • Nueva Área Profesional: Se establece el área 5 (Consultoría en materia de Ciberseguridad), con incrementos salariales adicionales para todos los grupos y niveles. 

¿Cómo cambiará mi nómina?  

Te deberán actualizar los conceptos de Salario Base, Plus Convenio y Antigüedad en tu nómina, según las tablas del nuevo Convenio para el año 2025. Si tienes un concepto en tu nomina “M. Voluntaria/A Cta. Conv” o similar, el neto a ingresarte puede no verse afectado por efecto de la cláusula de compensación y absorción que nuestra empresa continúa aplicando, ya que el incremento te lo descontarán de este concepto. 

No olvidemos que las personas que cobran menos, las que no tienen mejora voluntaria, las que más necesitan el incremento en su nómina, sí se van a ver beneficiadas

También debes tener en cuenta que, si en los meses de enero, febrero, marzo o abril no tenías mejora o esta era menor al incremento de las tablas, la diferencia te la deben pagar como atrasos. 

Desde UGT seguimos pidiendo a la empresa la no aplicación de esta cláusula. Este año, por fin, nos apoyan las demás fuerzas sindicales, pero la empresa sigue sin atender nuestra reclamación. 


¿Cuándo veré actualizada mi nómina?  

La empresa tiene dos meses desde la publicación en el BOE para actualizar la cuantía del Salario Base, Plus Convenio y Antigüedad a las nuevas tablas salariales.  Nosotros hemos pedido a la empresa que la aplique en la nómina de mayo, pero aún no hemos recibido respuesta. 


¿Cuándo me pagarán los atrasos?  

Si la actualización de los conceptos de tu nómina se traduce en un incremento del neto a ingresarte, la empresa dispondrá de dos meses, tras la publicación del Convenio en el BOE, para regularizar todas las cantidades que te adeuden.  

Tendrás que hacer el cálculo para ver si es correcto, teniendo en cuenta que las nuevas tablas salariales se aplican desde el 1 de enero de 2025


¿Cuándo actualizan el importe de dietas? 

El importe de las dietas se actualiza desde el mismo momento de la firma, o sea que debería estar pagándose al nuevo precio desde el 1 de febrero de 2025: 57,20€ dieta completa (28,60€ media dieta). Para 2026 subirá a 58,92€ y para 2027 a 60,69€. 

Si desde febrero has cobrado dietas a otro importe inferior, escríbenos para gestionar la reclamación de la diferencia


¿Va a aumentar el precio del kilometraje que nos paga la empresa?  

Ese importe es de 0,30€ en Inetum y es superior al aprobado en el nuevo convenio de 0,26€. 

Desde la RLT se ha pedido actualizarlo según las subidas de IPC, pero la empresa aún no nos ha contestado. 


¿Qué hago si me cambian la categoría del convenio (área, grupo, nivel)? 

En el nuevo convenio aparece la nueva Área Profesional 5: Consultoría en materia de Ciberseguridad, por lo que puede que la empresa haga una reclasificación de tu categoría, que deberás comprobar.  

El cambio solo debería ser de área, no de grupo ni nivel y solo hacia el área 5, no hacia otras áreas. 

Si te han cambiado de grupo o nivel o a un área diferente de la de Ciberseguridad, escribe a RRLL reclamándolo. Si nos pones en copia podremos hacer seguimiento de tu petición. 


¿Se va a modificar la compensación por teletrabajo?  

No. La compensación introducida en el nuevo convenio para 2025 de 17,68€ y es el mínimo que todas las empresas deben cumplir. Como es inferior a la que ya se está aplicando, no supone ningún cambio para los empleados de Inetum


24 comentarios:

  1. Es de risa este convenido.... si con la clausula de compensación y absorción nunca vemos ninguna subida....eso es lo primero que teníais q luchar, hasta q eso no cambie no nos valen de nada el resto de subidas salariales!!!

    ResponderEliminar
  2. De verdad es tan buena idea estarnos recordando contínuamente que se ha firmado el convenio por tres años, durante los cuales se va a absorver la subidad del IPC y el 92-93% de los empleados vamos a estar perdiendo poder adquisitivo?????

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Totalmente de acuerdo, 3 años vendiendonos algo bueno y 3 años sin hacer huelgas generales porque en España este momento ya ha pasado y nos da todo igual.

      Eliminar
  3. Y dale con ponerse la medallita, que logro es esto si solo beneficia a menos del 4% de la plantilla, pero eso si Inetum Top Employer 2025!!!

    ResponderEliminar
  4. Comparto la opinión de los compañeros, los sindicatos no os poneis de acuerdo y constantemente se recibe un mensaje confuso entonces desde los correos sindicales, por lo que así es muy difícil que nos sintamos conectados y en sintonia con vosotros sin logros reales.

    ResponderEliminar
  5. Otro año mas sin ver nada de la subida indicada, en lugar de presumir tanto del acuerdo alcanzado, podiais luchar un poquito mas y conseguir una cosa que llevais prometiendo un año y otro, como es quitar compensacion y absorcion, pero para que.........
    Eso si, la pegatinita final para indicar que es el momento de afiliarse, eso si, que no falte.
    Poca empatia.

    ResponderEliminar
  6. ¿Qué sucede en aquellos casos en que en la nómina de marzo se haya aplicado, por la gracia infinita de tu responsable, una mejora salarial para el 2025? ¿Habría que calcular el aumento de salario por convenio con la nómina de enero o con la de marzo?, es decir, ¿esta mejora "por parte de la empresa" queda fuera del aumento de convenio o, por el contrario, se incluye ya en el cálculo?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Te refieres a una mejora salarial más o menos equivalente a lo que sería la próxima subida de convenio pero esta mejora va al complemento voluntario? Todo dependerá de la cantidad que sume tu complemento voluntario, si esta es superior a la futura subida del convenio te quedarás como estás desde Marzo y la parte de los meses previos se absorbería.

      Eliminar
    2. Entiendo, gracias. Entonces, legalmente es simplemente un "anticipo" de la mejora que proporciona el convenio, pero no significa un aumento real, excepto que la mejora voluntaria no sea inferior al incremento que proporciona el convenio.
      Ya veré cómo lo aplica la compañía y mi responsable en máximo 60 días. Tengo que decir que después de casi 10 años en la empresa no tengo demasiadas esperanzas...
      Como cualquier español de pro cada año que pasa soy más pobre gracias a cláusulas como la de absorción, ahí es donde debería centrarse la lucha de la clase obrera, esa sí sería una mejora real para todo trabajador en España.
      También hay que decir que la aplicación de la cláusula de absorción no es obligatoria y no todas las empresas las aplican, la nuestra sí, eso sí, luego medallitas de Top "lo que sea" y encuestas que, fíjate tú, no detectan estas cosas.

      Eliminar
    3. Empezar por algo tan simple como que no absorban la antigüedad, en primera lugar para que te la dan si eso no refleja ningún aumento en la nomina!!!

      Eliminar
  7. Ese incremento del 4%, va a ser absorbido, sí o no? Es lo único que nos importa. Si lo especificaís en el post, no me he enterado de nada. Hablar en cristiano, no con tecnicismos indescifrables.

    ResponderEliminar
  8. Hola.

    Sí, lo especificamos en el post, la empresa ha decidido seguir aplicando la compensación y absorción por lo que, si tu salario bruto es superior a las tablas (o sea, si en tu nómina aparece el concepto "M. Voluntaria/A Cta. Conv"), seguramente no lo veas incrementado.

    La novedad este año es que, tras las últimas elecciones, los otros sindicatos sí parecen dispuestos a apoyar ante la empresa nuestra histórica reivindicación de no aplicar la compensación y absorción.

    Efectivamente, una subida en marzo podría considerarse un adelanto en las subidas de tablas pero no un mero anticipo, ya que las cantidades que vayas cobrando antes de que desaparezca tu complemento absorbible son tuyas, no se convierten en una deuda.

    Es verdad que no llega al 10% el número de personas que sí verán automáticamente incrementada su nómina pero precisamente son el 10% que más lo necesita porque ganan pelado el sueldo estipulado en las tablas. También es importante la solidaridad de todos para con ellos.

    No vemos en nuestros comunicados el tono de autobombo del que algunos nos acusáis, nuestra intención es informar con transparencia aunque lo que nos toque contar nos vaya a reportar críticas.

    Saludos.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Pero existe algo llamado huelga, o esa palabra ha desaparecido de vuestro vocabulario?

      Eliminar
    2. Anónimo5/5/25 08:43

      Están esperando a que salga el actual gobierno para hacer huelgas y manifestaciones por todo.

      Eliminar
    3. tal cual... viva pedro sanchez xd

      Eliminar
  9. Si a mi no me parece mal que ese 10% tenga un pequeño respiro, lo que me parece mal es que si todos los sindicatos estáis de acuerdo en esto porque no hay medidas depresión contra la empresa para conseguir un cambio?, pero medidas de presión reales y que afecten.

    Una cosa no quita la otra, eliminar la clausula de absorción no evita la subida para los que cobran menos, pero no hacerlo si que conlleva perdida de poder adquisitivo para el 90% de la plantilla.

    ResponderEliminar
  10. Logros para pocos, pero no para la mayoría...

    ResponderEliminar
  11. Lo de absorber la antiguedad es una verguenza. Las huelgas y manifestaciones llegarán cuando ya no esté su Sanchidad en el Gobierno, hasta entonces tragarán con todo.

    ResponderEliminar
  12. perritos de Sanchez todos éstos...

    ResponderEliminar
  13. Hola.
    Según la empresa, salvo problemas de última hora, en la nómina de mayo se realizará la actualización a las tablas del nuevo convenio.
    Saludos.

    ResponderEliminar
  14. Hola. Cuantos días de preaviso de baja voluntaria tienes que dar? 15 días naturales o hábiles? Gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola.
      Según el artículo 32.1 del convenio se debe preavisar por escrito con un mínimo de 15 días laborables de antelación computados según el calendario laboral de tu centro de trabajo.
      Saludos.

      Eliminar